De forma unánime la Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso de protección presentado contra la Municipalidad de Antofagasta por la aplicación de la ordenanza municipal N°3/2017, sobre ordenamiento y uso de bienes públicos de la comuna.

Al respecto la Alcaldesa Karen Rojo señaló que “estamos muy satisfechos con la decisión de la corte porque ha fallado en favor de la comunidad, este fallo es un tremendo precedente para Chile porque ratifica tres cosas fundamentales: que los alcaldes tenemos la facultad de generar las ordenanzas municipales, que acá en ningún caso se ha vulnerado el derecho constitucional de nadie y además también que este recurso no fue realizado de manera debida porque no estaba hablando en nombre de estas personas en situación de calle”.

Asimismo el Director de Jurídica, Cristhian Flores agregó que “la ordenanza municipal se ha ajustado al principio de legalidad que impera en materia pública, lo que significa que se ha respetado la constitución, la ley orgánica de municipalidades, la ley general de bases de administración del Estado, la Ley de Tránsito y la Ley de Rentas Municipales y en ese sentido la corte es tajante en desechar alguna ilegalidad en el actuar del municipio con ocasión de la dictación de esta ordenanza municipal”.

Trabajo conjunto

Sobre las críticas recibidas desde distintos sectores ante la dictación de esta ordenanza, la alcaldesa llamó a realizar un trabajo en conjunto, “acá necesitamos del apoyo de todos ante una realizad que se vive de Arica a Punta Arenas y es ver qué haremos con las personas en situación de calle, hoy también la Municipalidad de Antofagasta ha manifestado ser parte de la solución, estamos generando la construcción de un centro de rehabilitación de drogas, estamos haciendo un centro transitorio donde haremos una inversión de 50 millones de pesos para levantar esta iniciativa, estamos haciendo gestiones con otras instituciones para que nos ayuden a generar esta política que se quedará en Antofagasta para siempre”.

Además “el fallo lo ratificó claramente, esta no fue una decisión antojadiza de esta alcaldesa ni menos del concejo municipal, esto es una decisión que ha nacido de la comunidad y hoy día la corte de apelaciones lo ha ratificado”, enfatizó la Alcaldesa.

En ese sentido el Director de Jurídica indicó que “esta ordenanza municipal no es arbitraria porque es una norma de carácter general y obligatorio para todas las personas de Antofagasta y en ese sentido no hay una segmentación de personas a la cual va dirigida, lo que en el fondo refrenda lo que nosotros siempre hemos dicho, porque esta ordenanza nunca ha pretendido multar a las personas en situación de calle sino que lo único que se ha pretendido es normar y regular el uso de los espacios públicos”.

Por ahora la Municipalidad debe esperar cual será la actitud del recurrente, si apelará o no ante la Corte Suprema y para ello tiene un plazo de cinco días, transcurrido este tiempo si no se apela el fallo queda ejecutoriado, de lo contrario se debe esperar el fallo de la corte suprema.

El debate para regular la seguridad en espacios públicos se instaló a propósito de la muerte de una persona de 65 años que fue brutalmente asesinada por un limpiador de autos en plena vía pública por negarse a que le limpiaran los vidrios de su camioneta.