Ante el Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de Antofagasta, en causa C-466-2017, sobre juicio de designación de arbitro caratulada “MALDONADO CON ALVAREZ” se ordeno con fecha 24 de abril del 2017, notificar por aviso extractado la demanda y su proveído a don Juan Manuel Álvarez Pizarro, chileno, casado, empresario, Cédula de identidad número 7.305.766-3, con domicilio desconocido. Demandante doña Luisa Eliana Maldonado Maya, chilena, casada, dueña de hogar, Cédula de Identidad número 6.787.992-9, domiciliada para estos efecto en Baquedano 239 Oficina 207, ciudad de Antofagasta, solicitando tener por interpuesta demanda de solicitud de designación de arbitro acogerla en tramitación y, en definitiva, se sirva citar a los interesados, ya individualizados, a audiencia, señalando día y hora al efecto, a fin de acordar el nombramiento del juez árbitro que solicitamos o, a falta de acuerdo o por inasistencia de una de las partes, proceda a nombrarlo VS, con expresa condena en costas. Con fecha veintisiete de enero del dos mil diecisiete, el tribunal resuelve: A lo principal, cítese a las partes a una audiencia de designación de Árbitro partidor, para el quinto día hábil después de la última notificación, a las 09,00 horas, si este recayere en día sábado, sustitúyase por el día hábil siguiente a la misma hora. Al primer otrosí, téngase por acompañados los documentos en la forma que indica. Al segundo otrosí, como se pide, exhórtese, facultando al tribunal exhortado, para los efectos de notificar personalmente o en forma subsidiaria la demanda. Debiendo ser tramitado el exhorto, por quien cumpla con lo dispuesto en los artículos 1° y 2° de la Ley 18.120. Remítase dicho exhorto vía electrónica al Tribunal Civil que corresponda. Al tercer otrosí, téngase presente y por acompañado el mandato judicial, con citación. Al cuarto otrosí, téngase presente. Proveyó, don HOMERO CALDERA LATORRE, Juez Subrogante.
Con fecha veinticuatro de Abril de dos mil diecisiete, el tribunal resuelve: Como se pide, Notifíquese la demanda de autos y su proveído por avisos que deber hacerse en extracto, por el Secretario del Tribunal por tres veces en El Diario de esta ciudad y por una vez en el Diario Oficial de la República, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil. Proveyó doña OLAYA GAHONA FLORES, Juez Titular. Autoriza Don Homero Caldera Latorre, Secretario Titular del Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de Antofagasta.