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Viernes 27 de Junio del 2025 20:01

Corte Suprema respalda a la DGA y frena uso indebido de aguas en el sector La Negra de Antofagasta

El máximo tribunal del país rechazó el recurso de casación de una empresa que pretendía extraer aguas superficiales, confirmando que se trataba de aguas subterráneas no autorizadas.

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La Corte Suprema ratificó la legalidad del actuar de la Dirección General de Aguas (DGA) del Ministerio de Obras Públicas, al rechazar el recurso de casación presentado por la empresa Inversiones Hidrominerals SpA, que buscaba anular el fallo previo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta. El caso se originó tras la negativa de la DGA a otorgar derechos de aprovechamiento de aguas superficiales desde una laguna ubicada en el sector Roca Roja, comuna de Antofagasta.

Según estableció el tribunal, las aguas solicitadas correspondían en realidad a un afloramiento de origen subterráneo, lo que impide su uso sin contar con los derechos legales correspondientes. La empresa había solicitado captación desde una laguna sin nombre, a 120 metros de la quebrada La Negra, sin embargo, la DGA determinó que el agua provenía de una excavación que anteriormente ya había sido fiscalizada y sancionada.

El director regional de Aguas, Arturo Beltrán, explicó que “la Corte de Apelaciones ya había respaldado nuestro informe técnico, señalando que no correspondía autorizar el derecho en la forma solicitada”. Tras ese fallo, la empresa recurrió a la Corte Suprema, la cual confirmó la resolución de fondo.

La Tercera Sala del máximo tribunal estableció en su dictamen que “habiéndose establecido que la empresa pretende obtener aguas subterráneas sin contar con el debido derecho de aprovechamiento para ello, la Corte de Apelaciones de Antofagasta no incurrió en error jurídico al desechar la reclamación presentada”.

Por su parte, el seremi de Obras Públicas, Pedro Barrios, valoró la resolución judicial y afirmó que “la sentencia de la Corte Suprema respalda el correcto uso de las aguas para avanzar en seguridad hídrica. No se trata de impedir el desarrollo de una empresa, sino de hacer cumplir la normativa que regula el uso de las aguas y cuidar un recurso que es tan escaso en nuestra zona”.

Cabe señalar que el lugar en cuestión había sido fiscalizado anteriormente por la DGA, aplicando en su momento una multa de 274,6 UTM a un particular por extracción ilegal de aguas, las cuales eran comercializadas a terceros. En ese entonces, también se ordenó el retiro de las obras y el cegado de la poza para evitar nuevas extracciones no autorizadas.

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