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Calama
Martes 8 Julio 2025 13:29

Condenan a pareja a 15 años de cárcel por violento asalto a menor en parque de Calama

Durante en juicio oral, la Fiscalía solicitó aplicar a los acusados tres agravantes, entre ellas, perpetrar el delito mientras cumplían otra condena.

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La Fiscalía de Calama logró penas de 15 años de cárcel efectiva para un hombre y una mujer, ambos chilenos, por un robo con intimidación y violencia en contra de una víctima menor de edad, perpetrado el 10 de junio de 2024 en un parque ubicado en la intersección de Avenida O’Higgins con calle Aconcagua de dicha ciudad.

Según se pudo acreditar durante el juicio oral, el día de los hechos, la víctima caminó desde su casa al citado parque, donde fue abordada por los acusados Osvaldo Raúl Navarro Trujillo (43 años) y Denisse Francisca López Arce (35 años), quienes la intimidaron con una pistola y un cuchillo, exigiendo la entrega de artículos personales.

Durante su asedio, los delincuentes no sólo amenazaron a la joven, sino que además la golpearon en la cabeza, ocasionándole lesiones leves, para luego huir del lugar por Avenida O’Higgins en dirección al norte, con el celular de la menor.

Tras el hecho, la víctima fue auxiliada por una camioneta de “Asistencia Vecinal”, con quienes recorrió el sector hasta dar con los ladrones, logrando así su detención y la recuperación del teléfono, que estaba al interior de un bolso que portaba la mujer.

La Fiscalía de Calama defendió ante el tribunal la existencia de tres circunstancias agravantes de responsabilidad, como son “cometer el delito contra las personas con alevosía”, “cometer el delito mientras se cumple una condena” (ambos acusados estaban en cumplimiento de penas sustitutivas)” y “cometer el delito contra una víctima menor de 18 años”, argumentos que fueron acogidos por los jueces.

En su sentencia, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama establece que, no reuniendo los sentenciados los requisitos previstos en la Ley 18.216, una vez ejecutorio el fallo, las penas privativas de libertad deberán cumplirse de manera efectiva, considerándose como días de abono aquellos que han permanecido privados de libertad, esto es, desde el 10 de junio de 2024.

Las defensas de los condenados disponen ahora de un plazo para recurrir en contra de la sentencia del tribunal.

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