Fallo histórico en Calama: 10 años de cárcel para suboficial en retiro por crímenes de lesa humanidad

El fallo desestimó la coartada del acusado y acreditó su participación en el grupo SICAR de Calama, estableciendo su responsabilidad en la detención, custodia y los apremios ilegales sufridos por el trabajador de Chuquicamata en el Retén Dupont tras el golpe militar de 1973.

Lea también:

El Diario de Antofagasta
El Diario de Antofagasta
Noticias de Verdad. DiarioAntofagasta.cl es el medio digital más leído de la región minera de Chile. Noticias, entrevistas, reportajes, fotos, videos, opinión y contenido de Antofagasta, Calama, San Pedro de Atacama, Tocopilla, Mejillones, Taltal.

El ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de La Serena, Sergio Troncoso Espinoza, condenó al suboficial de Carabineros en retiro, Aquiles Gallegos Fuentes, a la pena de 10 años de presidio efectivo por el secuestro calificado de Luis Eduardo Contreras León. El crimen comenzó el 22 de octubre de 1973 en Calama, cuando la víctima, trabajador del yacimiento de Chuquicamata, fue detenida por efectivos del Servicio de Inteligencia de Carabineros (SICAR) tras un operativo que inicialmente involucró la detención de sus hermanos para forzar su aparición. Tras ser ingresado a la Primera Comisaría, fue trasladado al Retén de Carabineros de Río Loa (Dupont), donde testigos presenciaron cómo fue desnudado y sometido a sesiones de tortura con corriente eléctrica.

A pesar de que su cónyuge intentó obtener información en el recinto policial, el personal le aseguró falsamente que Contreras León había sido dejado en libertad. Sin embargo, la víctima nunca regresó a su hogar y sus restos fueron hallados recién el 30 de noviembre de 1990 en un pique minero de 55 metros de profundidad, ubicado a cuatro kilómetros de Chuquicamata. Los peritajes del Servicio Médico Legal determinaron que la causa de muerte fue un traumatismo cráneo encefálico provocado por un golpe con un objeto contundente, compatible con la culata de un arma de fuego.

El fallo judicial fue determinante al desestimar la coartada de Gallegos Fuentes, quien pretendió sostener que en la época de los hechos cumplía funciones en Ollagüe. No obstante, múltiples testimonios de otros funcionarios policiales y antecedentes de procesos paralelos confirmaron que el condenado integraba activamente el SICAR de Calama, unidad que centralizaba los interrogatorios en el Retén Dupont. El tribunal concluyó que, dado el reducido número de integrantes del grupo y la naturaleza rotativa de sus labores, el acusado necesariamente participó en el traslado, custodia y apremios sufridos por el trabajador.

Junto con la pena de presidio, la sentencia impone al otrora sargento segundo las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y para cargos públicos durante el tiempo de la condena. Este fallo representa un avance significativo en la justicia para las violaciones a los derechos humanos en la Provincia de El Loa, logrando acreditar mediante registros de Codelco que la relación laboral de la víctima cesó abruptamente el mismo día de su detención. Con esta resolución, se reafirma la responsabilidad penal de los agentes del Estado en crímenes de lesa humanidad que permanecieron impunes por décadas.

Deja un comentario