Como es tradicional, en estas fechas patrias los hogares comienzan a lucir la bandera de Chile y siempre se repite las misma preguntas respecto a la dirección de la estrella, o el correcto uso del emblema nacional.
En primer lugar, y si bien la bandera se puede usar todos los días del año, es obligatorio su izamiento entre las 08:00 horas del 18 y las 18:00 horas del 19 de septiembre, en todos los edificios públicos y privados, siendo un deber cívico cumplir con esta tradición.
Además, el pabellón patrio debe ser proporcional al tamaño de la construcción donde se instala y estar en perfecto estado de conservación y limpieza.
Si la bandera va en un mástil, este tiene que ser blanco e izarse hasta el tope, en casas ubicadas al interior de condominios o en departamentos no es obligatorio su uso si el edificio o espacios comunes cuentan con bandera.
También no está permitido emplear banderas en las que esté inserto el escudo nacional, ya que esa combinación corresponde exclusivamente a la bandera presidencial.
Cuando no es posible enarbolarla en un asta o mástil, se debe colocar extendida totalmente en forma horizontal o vertical, quedando en ambos casos, el cuadro azul en la parte superior y a la izquierda del espectador.
Si la bandera nacional está acompañada de pabellones de otras naciones, se debe colocar a la izquierda del espectador cuando se trate de un solo pabellón. Ahora, si se acompaña de un par de pabellones extranjeros, debe estar ubicada al centro de ellos.
Si el número de banderas es impar, debe ocupar el primer lugar al lado izquierdo del espectador u otra ubicación en forma destacada. La bandera nacional no se puede ubicar a menor altura que el resto de los pabellones.
Por último, si va a viajar en Fiestas Patrias, igual es obligación exhibir la bandera aunque no haya nadie en la casa.
El no cumplimiento de estas disposiciones, instalarla al revés, el no izarla o no exhibirla son algunas de las causales de multas, que van desde las 1 a 5 UTM, un poco más de 330 mil pesos.