Cinco personas fueron condenadas por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, tras ser declarados culpables del delito de fraude al juego, mediante el cual ganaron fraudulentamente más de 129 millones de pesos al casino Enjoy de Antofagasta.
El Fiscal Cristian Aguilar Aranela, obtuvo esta sentencia de condena en contra de Ignacio Fernando Cabello Neveu de 31 años, Luisa Viviana Navarro Gil de 29, Walter Eduardo Ledezma Bórquez de 30, Leonardo Fernando Olivares Ponce de 38 y Juan David Rojas Yanten de 40.
Caribbean Poker
El fraude se produjo al interior del casino Enjoy de esta ciudad, donde los acusados ganaron de manera ilegítima el juego de naipes Caribbean Póker.
Los imputados se organizaron en grupo en el cual cada uno de ellos asumió un rol determinado a fin de poder eliminar el azar del juego, algo que es esencial en un juego de casino, transformándolo de este modo en una certeza de ganancia.
A fin de eliminar el azar en la mesa de juego, la croupier, en este caso Luisa Navarro Gil, reparte los naipes a todos los jugadores, que son 6 con la finalidad de aumentar el número de cartas que se juegan al mismo tiempo, y con la finalidad de no permitir que terceros ajenos al engaño participaran en el juego y pudieran alterar el procedimiento fraudulento.
De esta forma los jugadores concertados logran armar una escala real, que en este caso particular correspondió al imputado Cabello Neveu quien ganó 129 millones 202 mil 997 pesos, dinero que es cobrado en cajas por el mismo.
La defensa de los imputados solicitó la absolución de estos, argumentando que no hubo concertación ni fraude y que el premio se obtuvo de manera legítima, mediante azar.
Luego de valorar la prueba aportada por el fiscal acusador consistente en testimonial, pericial, documental, fotográfica y de video, el Tribunal dio por acreditado, tanto el delito de fraude en el juego, como la participación que en el mismo correspondió a los cinco acusados.
CONDENA
A todos los imputados se les reconoció la circunstancia atenuante de irreprochable conducta anterior, y se les aplicó una pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo además del pago de una multa de 21 UTM cada uno.
Atendido que todos reunían los requisitos que dispone la Ley, se les sustituyó la pena privativa de libertad, por libertad vigilada intensiva, por el mismo lapso de la pena impuesta debiendo quedar sujetos a la vigilancia de Gendarmería de Chile.