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Viernes 19 de Abril del 2024 06:37

Vecinos “funan” a taxista por atropello de mascota en Tocopilla

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Carolina Reyes Herrera
Carolina Reyes Herrera
Futura abogada, subdirectora @diarioafta @diariotocopilla @diariocalama, Directora de Radio Carocklina.

En redes sociales acusan que colectiveros alcanzan altas velocidades, sin respetar las normas del tránsito y poniendo en riesgo a personas y a mascotas como “Coby”, perrito que perdió la vida aplastado bajo un vehículo.

coby
Una denuncia pública mediante las redes sociales realizaron vecinos de Tocopilla, en contra de un taxista de la comuna, por atropellar a un perrito llamado “Coby”, huyendo del lugar sin prestar ayuda.

Los hechos, que generan decenas de comentarios en las redes sociales, ocurrieron en la Avenida Potrerillo, cuando un colectivo que recorría la ciudad, aplastó al desafortunado y querido animal, quien agonizó durante 30 minutos botando sangre por diferentes partes de su cuerpo.

La ira de los vecinos radica en las altas velocidades que alcanzan algunos transportistas, no respetando a las personas y menos aún a los animales.

El conductor, de nombre Patricio Vergara, habría manifestado que regresaría al lugar para asumir su responsabilidad del accidente, como obliga la ley además, sin embargo nunca volvió al lugar.

Aplastamiento

La técnico veterinario Valeria Marín, quien socorrió a Coby señaló “La causa de muerte fue por que a Coby se le reventaron los pulmones causando una hemorragia pulmonar, además le saco parte de su nariz, se le  fracturó el tren trasero y de una de las patitas delanteras, y probablemente también sufrió  una  fractura de  columna ya que intentó levantarse  pero no pudo”.

 Por su parte Andrea M.G manifestó su descontento por las Redes Sociales “Hago un llamado a  crear conciencia a los choferes, a que disminuyan  la velocidad y también a todas las personas,  debemos denunciar estos actos para proteger a los animal porque ellos también tienen derechos”.

Derechos de los animales

Aunque puede ser difícil entender que los animales tengan “derechos” como los tienen las personas. El año 2009 salió a la luz la ley 20.380. A partir de esa ley y otras normas legales anteriores, se obliga a cualquier persona que tenga un animal a cuidarlo, alimentarlo y darle albergue. Además, se ordena que los dueños entreguen cierto grado de libertad a los animales, ya que el encierro puede provocar alteraciones en su desarrollo normal.

A nivel de legislación penal, tanto para los dueños como para cualquier persona que esté en contacto con un animal, queda estrictamente prohibido el maltrato. En caso de que ello ocurra, se puede hacer la denuncia a la policía o al ministerio público y un juez podrá ordenar que el animal deje de estar en tenencia del dueño y que reciba atención veterinaria. Además, quien realiza el maltrato puede recibir una sanción de presidio menor en su grado mínimo (61 a 541 días de cárcel) y multa de hasta 10 ingresos mínimos mensuales.

El problema que ven las organizaciones de animales en estas normas es que en ninguna parte se define qué es lo que se entiende por maltrato animal.

El año 2008, en Antofagasta, la Corte de Apelaciones confirmó la sanción al dueño de una yegua que la dejó a pleno sol, a la intemperie, con escasa comida y en evidente estado de abandono. En este sentido, la Corte asentó el criterio de que para la configuración del delito de maltrato animal no solo se sancionan conductas activas, como herir o lesionar a los animales, sino que también una conducta omisiva, como dejar al animal en una situación de peligro o de padecimiento innecesario. Un criterio que también se aplicó en el reciente fallo contra el Circo “Los Tachuelas”, por un accidente protagonizado por una elefanta.

Derechos de las víctimas

La legislación civil ofrece a la víctima la posibilidad de interponer en tribunales una demanda por indemnización de perjuicios en compensación a los daños sufridos. Las reglas que generalmente se mencionan para solucionar estos casos son los artículos 2326 y 2327 del Código Civil, que establecen el principio de que generalmente es el dueño quien debe responder por los daños que causen sus animales. De todos modos, hay que considerar que esto no siempre es así. Por ejemplo, respecto de los accidentes que se tienen a causa del cruce de animales en rutas concesionadas, la Corte Suprema ha sostenido que son las empresas concesionarias las que deben responder de los perjuicios, ya que podrían haber previsto la posibilidad de que se cruzaran animales en la vía y haber tomado los resguardos y precauciones necesarios para evitar accidentes.

Derechos de los dueños: indemnización por pérdida de un animal

¿Y qué pasa cuando un perro es atropellado por un auto?, ¿tiene derecho el dueño del perro a una indemnización de perjuicios? La posición más tradicional asevera que los perros son cosas y sólo debiera ser indemnizado su valor comercial. Bajo esta posición, si el perro es un sofisticado animal de raza, tendrá mucho mayor valor que si el perro atropellado es un humilde quiltro. Sin embargo, ya se han alzado voces reclamando que los perros también tienen un valor emocional que hay que indemnizar en caso de atropello. En España, por ejemplo, los tribunales han afirmado que la indemnización por atropello debe incluir no sólo el daño material, sino que también conlleva el daño moral que debe ser indemnizado dado el gran valor afectivo que puede entregar una mascota.

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