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Viernes 29 de Marzo del 2024 12:32

Alcalde de Antofagasta es condenado a asistir a clases por vulnerar derechos de los trabajadores

El juzgado de Letras del Trabajo condenó al alcalde Jonathan Velásquez y directivos de la CMDS a asistir personalmente a capacitación sobre los derechos fundamentales de las trabajadores, debido al video que publicó en sus redes sociales acusando a los funcionarios de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de llegar atrasados al trabajo, lo cual además resultó ser falso.

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El Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta declaró culpable al alcalde Jonathan Velásquez, de vulnerar los derechos fundamentales de los trabajadores de la Corporación Municipal de Desarrollo Social (CMDS).

Lo anterior, luego de que la autoridad edilicia publicara un video en redes sociales realizando una “funa” en contra de los funcionarios acusándolos falazmente de no cumplir con su horario de trabajo.

Las acusaciones de Velásquez se viralizaron en redes sociales, a pesar de que en el contexto de pandemia se había establecido una flexibilización horaria en la CMDS para evitar aglomeraciones y permitir un menor aforo en el recinto de la casa central de la corporación.

El fallo indica que la difusión del video es “una acción que por sí misma denota capacidad lesiva de la honra de las y los trabajadores y, su falta de fundamento legal y reglamentario y, ausencia de proporcionalidad“.

Por esta razón el tribunal estableció que el alcalde Jonathan Velásquez “vulneró la honra de sus asociadas y asociados, con ocasión del registro audiovisual captado en las dependencias de la Casa Central el día 29 de septiembre de 2021 y su posterior difusión en las redes sociales personales del precitado“.

ALCALDE VELÁSQUEZ TENDRÁ QUE IR A CLASES

Debido a la vulneración de derechos laborales, el Juzgado de Letras del Trabajo estableció “la participación directa y personal del Alcalde Sr. Velásquez y de las Jefaturas de la CMDS en una capacitación sobre los derechos fundamentales de las y los trabajadores en el contexto de las relaciones laborales y los límites del empleador en ese ámbito“.

Esta capacitación a la que deberá asistir Velásquez, deberá realizarse en lugar establecido por la Inspección Provincial del Trabajo, en un plazo no mayor a 30 días.

Además, la parte denunciada fue condenada a pagar las costas del juicio, establecidas en 4 ingresos mínimos mensuales, para fines remuneracionales.

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