La Corte de Apelaciones de Antofagasta ha emitido un fallo relevante en el ámbito de la salud y los derechos del consumidor.
En una decisión unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada ha acogido un recurso de protección presentado contra Isapre Consalud, ordenando a la entidad reincorporar a un recurrente que fue desafiliado en agosto pasado. El tribunal consideró que esta desafiliación constituyó un acto arbitrario e ilegal que afectó las garantías constitucionales del recurrente.
La decisión de la corte se basó en el hecho de que, a pesar de que el afiliado había realizado el pago íntegro de las cotizaciones adeudadas en una época anterior a la fecha de extinción del contrato, la isapre negó su reincorporación.
Esto ocurrió a pesar de que el afiliado había mantenido una relación sin inconvenientes con la isapre desde febrero de 2002. Según el fallo, esta negativa constituyó un actuar arbitrario y antojadizo por parte de la isapre, lo que privó al recurrente de cobertura de salud, afectando sus derechos fundamentales.
El tribunal también destacó que la decisión de la Isapre de poner término al contrato de salud del recurrente no se ajustó a lo dispuesto en la normativa de salud. Por lo tanto, esta actuación fue considerada contraria a derecho. La corte concluyó que la isapre careció de razonabilidad y fundamentación suficiente en su negativa de reincorporar al afiliado.
Como resultado de este fallo, Isapre Consalud deberá reincorporar al recurrente como afiliado y mantener el plan de salud contratado. El tribunal estableció un plazo de 10 días hábiles para que la isapre cumpla con esta orden.
Este caso destaca la importancia de respetar los derechos de los afiliados en el sistema de salud y asegurar que las decisiones de desafiliación sean justas y fundamentadas de acuerdo con la normativa vigente.