El Primer Tribunal Ambiental resolvió autorizar la Medida Urgente y Transitoria solicitada por la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), que pedía la detención de la extracción de agua de los 7 pozos que la empresa SQM mantiene en el Salar de Llamara (ubicado en el límite de las regiones de Tarapacá y Antofagasta) y que abastece la planta de Pampa Hermosa.

La medida dictada por el Tribunal rebaja el plazo inicialmente solicitado por la SMA de 6 a 3 meses y exige que la empresa acredite ante la SMA que efectúa un adecuado control de las aguas que son inyectadas al sistema a través de un estudio hidrogeológico preparado por un centro de excelencia de una universidad reconocida por el estado.

La vigencia de la medida se mantendrá hasta que SQM acredite ante la SMA la inexistencia de efectos ambientales en los puquíos, todo ello con el fin de impedir un daño grave e inminente a la biota acuática de los puquíos del Salar de Llamara […] y se efectúa un adecuado control de calidad de las aguas que son inyectadas al sistema […] Dichas acreditaciones deberán realizarse a más tardar en un plazo de 3 meses contados desde la notificación de la resolución”.

El Ministro Abogado Titular y vocero del Primer Tribunal Ambiental, Mauricio Oviedo, indicó que “La decisión se sustenta no sólo en la constatación de incumplimientos formales a la RCA sino que también en la infracción de normas de rango Constitucional y Derecho Internacional que ponen de cargo del Estado la protección del medio ambiente y la conservación del patrimonio ambiental”.

La MUT fue ingresada por la SMA el día 4 de diciembre con el Rol S-2-2017 argumentando daño grave e inminente a la biota acuática de los puquíos o manantiales del Salar, esto a causa de los incumplimientos detectados en el procedimiento sancionatorio asociado a la Resolución de Calificación Ambiental RCA 890/2010, Pampa Hermosa, y que consistían en no haber implementado la barrera hidráulica ni activado el sistema de alerta temprana, además de haber realizado modificaciones a dichas medidas de mitigación sin contar con autorización para ello.

El Salar de Llamara se encuentra ubicado a 180 Km al sur de Iquique a 750 mts de altitud en el límite sur de la Región de Tarapacá y se caracteriza por la presencia de bosque de tamarugos y por el afloramiento de aguas subterráneas con presencia de estromatolitos, estructuras formadas por la acumulación de capas de sedimentos de cianobacterias.

El seguimiento de ésta y de otras causas estará disponible en el Sistema de Gestión de Causas alojado en la página web del Tribunal www.1ta.cl