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Sábado 20 de Abril del 2024 10:36

Sky Airlines deberá pagar millonaria indemnización a pasajero detenido por error en aeropuerto de Calama

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La Corte de Apelaciones de Antofagasta confirmó la sentencia que condenó a la aerolínea Sky Airlines S.A. a pagar una multa de 50 UTM por infringir la ley de protección de derechos a los consumidores, y elevó a 10 millones de pesos el monto de indemnización por daño moral que recibirá el pasajero que el 12 de agosto de 2015, fue obligado a bajar de un avión en el aeropuerto de Calama, pese a embarcar de manera correcta y con el respectivo pasaje.

En fallo unánime (causa rol 81-2017), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Dinko Franulic, Myriam Urbina y Jasna Pavlich– confirmó la sentencia apelada, dictada el 28 de abril de 2017 por el Segundo Juzgado de Policía Local de Antofagasta, que condenó a la aerolínea Sky Airlines S.A.

De acuerdo a los antecedentes, el pasajero afectado compró por internet pasajes ida y vuelta desde Santiago a Calama, sin embargo debido a que portaba un aparato para fines de su profesión como ingeniero se retrasó su embarque perdiendo el vuelo, debiendo viajar al día siguiente en otra aerolínea. Posteriormente, para el viaje de regreso desde Calama a Santiago, tras realizar correctamente el chequeo y abordar el avión, personal de la aerolínea le indicó que su vuelo había sido cancelado y que debía bajar de la aeronave.

Ante la negativa del pasajero, el jefe de seguridad del aeropuerto acompañado de personal policial bajan al afectado del avión por la fuerza, manteniéndolo retenido más de 30 minutos en el aeropuerto, para luego ser liberado después que el fiscal de turno determinara que no había motivos para la detención.

El fallo indica que “la afectación de éste (el pasajero) es evidente ya que, las molestias, vergüenza, escarnio y trato provocadas por la querellada y demandada civil son considerablemente mayores que los tasados por el juez, ya que fue desalojado del avión a la vista de todos los pasajeros y la tripulación”.

“Tampoco es menor la circunstancia que se utilizó la fuerza para el desalojo y que la aerolínea disponía de los elementos para evitar todo el bochorno del que fue víctima el pasajero. Todo lo anterior provoca una afectación grave y mayor a la normal en la autoestima y en la estabilidad psíquica, cualquier persona promedio que vivencia esas circunstancias, lo que es obviamente constitutivo de un daño moral de difícil reparación, en consecuencia esta Corte, tasando prudencialmente la indemnización por dicho concepto estima que la suma de $10.000.000, lo resarce de manera más equitativa”, concluye el fallo.

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