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Sábado 20 de Abril del 2024 09:51

En enero las empresas afectas a Ley de Inclusión Laboral deben informar cómo cumplirán en el año 2022

La Ley N° 21.015 obliga a empresas de 100 o más trabajadores a destinar el 1% de su dotación a personas con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez, por lo que deberán informar su cumplimiento a www.direcciondeltrabajo.cl

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Durante este mes de enero, las empresas de 100 o más trabajadores deberán informar electrónicamente a la Dirección del Trabajo el cumplimiento que deberán observar durante el año 2022 de la Ley N° 21.015, de Inclusión Laboral.

Así lo recordó el mismo organismo que recibirá los registros de los contratos, sus modificaciones y términos y/o los cumplimientos subsidiarios o alternativos y fiscalizar su observancia.

El cuerpo legal vigente desde el 1 de abril de 2018 obliga a las empresas de 100 o más trabajadores a contratar o mantener contratados al menos el 1% de personas con discapacidad o que sean asignatarias de una pensión de invalidez, de cualquier régimen previsional, en relación al total de sus trabajadores. Esta obligación rige solo en los meses en que las empresas efectivamente tienen 100 o más trabajadores y no es exigible en los meses en que el número de contratados puede ser inferior a 100.

Información que deberá ser registrada electrónicamente ante la DT

Dichas empresas deben informar el número de trabajadores con discapacidad o asignatarios de una pensión de invalidez que deberán ser contratados el año 2022,  tomando como base el 1% del promedio de trabajadores del año anterior, es decir del año 2021.

Pormenorizadamente, hasta el 31 de enero de 2022, la información que debe ser registrada ante la DT es la siguiente:

  • Número de trabajadores al último día de cada mes del año 2021. 
  • Promedio de trabajadores del año 2021.
  • 1% del promedio de trabajadores del año 2021. Esta será la cantidad de trabajadores que se deben contratar o mantener contratados en el año 2022, en aquellos meses que la empresa tenga 100 o más trabajadores.
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