Condenan a un total de 21 años de cárcel al autor de violento crimen en el Pasaje Bonilla de Antofagasta

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta condenó Cristián Marcelo Picón Ramos a las penas de 17  y 4 años de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos de homicidio calificado y porte ilegal de arma de fuego, respectivamente. Ilícitos perpetrados en julio de 2017, en la ciudad.

En fallo unánime (causa rol 91-2019), el tribunal –integrado por los magistrados María Isabel Rojas Medar(presidenta), Paula Ortiz Saavedra y  Israel Fuentes Gutiérrez (redactor)– aplicó, además, a Picón Ramos las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena (homicidio); y la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena por el porte ilegal de arma de fuego.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que el 8 de julio de 2017, pasadas las 3 de la madrugada, Picón Ramos “concurrió al exterior de la casa de la víctima Luis Pérez Rodríguez, ubicada en pasaje Bonilla 9369 de esta ciudad, insultándolo a viva voz, amenazándolo de muerte y desafiándolo a que saliera a pelear, manteniéndose el ofendido en el interior de su domicilio, lo que motivó que el imputado ingresara con el objeto de darle muerte, portando un arma corto punzante y un arma de fuego tipo revólver, marca Euskaro, calibre 38, sin número de serie, con el que efectuó al menos cuatro disparos hacia el interior, impactando uno de los proyectiles a la víctima, el cual le ocasionó una lesión en la región alta de la cabeza. Luego de ello, ya en el interior de la vivienda procedió a atacarlo propinándole múltiples estocadas en distintas partes de su cuerpo con el arma corto punzante que portaba, entre ellas en la zona de la cabeza, de la cara, del tórax, del abdomen, y de los miembros superiores e inferiores”.

Producto del ataque, la víctima resultó con múltiples “heridas cortopunzantes en la cabeza, tronco y extremidades superiores e inferiores, cuatro de las cuales penetraron su cavidad torácica ocasionándole un daño pulmonar severo, un neumotórax bilateral y atelectasia masiva-pulmón en shock, heridas que finalmente fueron las que le causaron la muerte, sin perjuicio que además resultó con una contusión craneana severa con hemorragia frontal derecha, y un traumatismo cráneo encefálico severo, compatible con un impacto no penetrante por proyectil balístico, la cual también tenía el carácter de vital”.

El condenado, no contaba con autorización para la tenencia o porte de armas de fuego.