Caso Hospital Clínico: Las millonarias y llamativas indemnizaciones que aceptó pagar la Universidad de Antofagasta

[ACTUALIZADA] Casa de Estudios en conjunto con la corporación y fundación a cargo del Hospital Clínico UA, llegaron a un acuerdo con cuatro altos directivos, acordando el pago de indemnizaciones que suman $86.163.496, desglosándose en $78.328.496 para los demandantes y $7.835.000 para su abogado, Jaime Araya Guerrero.

Un nuevo capítulo se escribe en el caso de las irregularidades en el Hospital Clínico de la UA, investigación periodística de El Diario de Antofagasta que ha despertado amplias repercusiones tras revelarse la pérdida de equipos médicos, mal manejo de recursos públicos y pagos injustificados, además del aterrizaje en pleno año electoral de familiares y cercanos a figuras políticas de la administración de gobierno de Michelle Bachelet.

A las situaciones ya detectadas por Contraloría y los millonarios sueldos por funciones “fantasma”, considerando que el recinto médico no se encontraba operativo o bien con escasa actividad, se suman ahora las llamativas indemnizaciones que la Universidad de Antofagasta, la Corporación de Desarrollo Norte Grande y la Fundación Red Salud de la Universidad de Antofagasta, aceptaron pagar a cuatro ex directivos del recinto asistencial y a su abogado representante.

Los hechos se remontan a Octubre del 2018, después de la auditoría de la Contraloría que detectó las irregularidades dadas a conocer a la opinión pública por este diario, hecho que llevó a la Universidad a tomar la decisión de traspasar la administración del recinto a una fundación, además de reducir los abultados sueldos que se estaban pagando a algunos personeros con el fin de igualarlos a los que se pagaban en la Universidad, además de reducir la dotación de personal.

Producto de ello Max Pizarro Pavez, Daniela Monardes Gómez, Nelson León Gómez y Vicky Gutiérrez Cortés presentaron demandas laborales en contra de la Universidad y instituciones a cargo de la administración del Hospital Clínico, siendo estas cuatro personas representadas de forma separada por el abogado Jaime Araya Guerrero.

Juicios laborales que no llegaron a realizarse, producto de un rápido avenimiento entre las partes en Abril del presente año, tras el cual se acordaron indemnizaciones millonarias a los cuatro ex directivos por despido indirecto, daño moral y lucro cesante, así como también se acordaron pagos para el abogado demandante, tal como indican las resoluciones de avenimiento entre las partes en el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, documentos a los cuales este diario tuvo acceso y que se publican al final de este reportaje.

INDEMNIZACIONES MILLONARIAS

En el caso de Max Pizarro, Director de Administración y Finanzas del Hospital Clínico de la Universidad de Antofagasta, las partes acordaron una indemnización de $28.000.000 pagaderos en una cuota de $4.666.670 y cinco cuotas de $4.666.666, además de $2.800.000 para el abogado Jaime Araya.

Para Daniela Monardes, Encargada de Abastecimiento e Inventario, se acordó un pago de $12.125.190 pagaderos en una cuota de $2.125.980 y cinco cuotas de $2.000.000, además del pago de $1.212.598 para el abogado Araya Guerrero.

El avenimiento en favor de Nelson León, Encargado de Gestión Comercial para la Implementación de SAP, se acordó una indemnización de $22.903.306, pagaderos en una primera cuota de $3.817.226 y cinco cuotas de $3.817.216, junto con el pago de $2.292.402 al abogado del demandante, Jaime Araya.

Finalmente, en el caso de Vicky Gutiérrez, Encargada del Control de Gestión del Hospital Clínico de la Universidad de Antofagasta, las partes acordaron una indemnización de $15.300.000 pagaderas en seis cuotas iguales de $2.550.000, además del pago de $1.530.000 para el abogado Jaime Araya.

El pago de estas indemnizaciones quedó acordado para el próximo 1 de junio del presente año y las cifras podrían abultarse, producto de las duras condiciones que las partes acordaron en el avenimiento. Estas son, una multa de 2 Unidades de Fomento ($55.530 al 1 de junio) por cada día de retraso que pudiera existir en los pagos, las cuales podrían ir escalando hasta el día 30, fecha en la cual las indemnizaciones se duplicarían, en caso de que la administración del Hospital Clínico de la UA no realice los pagos acordados a estas personas y su abogado.

De esta forma, las indemnizaciones suman $78.328.496 para los cuatro demandantes y $7.835.000 para el abogado, sumando $86.163.496 a pagar por parte de la Universidad de Antofagasta y la institución administrativa del Hospital Clínico de la UA, cifra que como hemos señalado, puede aumentar e incluso duplicarse en caso de existir atrasos en los pagos.

Todas estas condiciones fueron aceptadas por la Universidad de Antofagasta, la Corporación de Desarrollo Norte Grande y la Fundación Red Salud de la Universidad de Antofagasta, que de momento no se han referido públicamente a las razones por las que decidieron allanarse a pactar estas indemnizaciones y el impacto económico que estos millonarios pagos puedan tener para las finanzas de una Universidad del Estado.

RÉPLICA DE FUNDACIÓN RED SALUD UA

1.- Desmentimos que se hayan pactado de forma “anticipada” y “rápida” abultadas indemnizaciones para los señores Max Pizarro Pávez, Daniela Monardes Gómez, Nelson León Gómez y Vicky Gutiérrez Cortés, por cuanto el cálculo de las mismas se realizó conforme a parámetros fijados por el Código del Trabajo, cuerpo normativo que reguló la contratación de las personas antes indicadas con la Corporación de Desarrollo Norte Grande.

2.- Al respecto, resulta importante a modo de contexto, señalar que las demandas deducidas se presentaron bajo el procedimiento denominado Tutela Laboral por Vulneración de Derechos Fundamentales, la cual tiene como sanción, el pago de una indemnización legal de seis (6) a once (11) remuneraciones (concepto que equivale al ingreso mensual y periódico bruto que recibe cada trabajador).

3.- De esta forma, las demandas deducida por los señores Max Pizarro Pávez, Daniela Monardez Gómez, Nelson León Gómez y Vicky Gutiérrez Cortés implicaba en caso de condena el pago total de $182.202.677.- más en algunos casos la sanción de nulidad del despido contemplada en el artículo 162 del Código del Trabajo (que aumenta el pago de una remuneración por cada mes que transcurra, hasta el pago íntegro de cotizaciones previsionales, cuyo incumplimiento se alegó)

4.- Adicionalmente, y junto a las cantidades indicadas, se demandó la existencia de una supuesta “Declaración de Unidad Económica” que en términos prácticos implicaría concluir que i) la Corporación de Desarrollo Norte Grande, ii) la Fundación Red de Salud de la Universidad de Antofagasta, y iii) la Universidad de Antofagasta, son una misma empresa, pudiendo a la mera discreción del demandante, perseguir el cobro de las indemnizaciones respecto de cualquiera de ellas, ocasionando un grave perjuicio económico a las instituciones mencionadas, en particular a la Universidad de Antofagasta, y la Fundación Red de Salud de la Universidad de Antofagasta.

5.- Producto de lo anterior, y con posterioridad a un estudio acabado de cada una de las demandas, considerando tantos los factores favorables como desfavorables de la misma, se iniciaron conversaciones a fin de buscar una salida alternativa al conflicto, a través de un avenimiento judicial aprobado ante los Tribunales de Justicia.

6.- En particular, si bien las sumas pactadas son efectivas, cabe señalar que si se contrastan las mismas con las sumas potenciales a las cuáles pudo haber sido condenadas las instituciones involucradas, se pagó un 46,8% del total, sin considerar la sanción de la nulidad del despido mencionada en los puntos anteriores, lo que es relevante, toda vez que de haberse continuado el juicio, y a modo de ejemplo, se hubiere demorado 8 meses en su resolución (tiempo aproximado que demora toda causa laboral en resolverse ante la Corte de Apelaciones respectiva, sin considerarla posibilidad de dirigirse ante la Excelentísima Corte Suprema), se hubiera debido pagar adicionalmente la suma de $6.595.150.- por mes, que al término de ocho (8) meses resultaría $52.761.200.-

7.- Asimismo, cabe aclarar que el pago de las sumas acordadas será efectuado íntegramente por la Fundación Red de Salud de la Universidad de Antofagasta, no por la Universidad de Antofagasta, como se pretende insinuar.

8.- En cuanto al pago que en virtud de los avenimientos judiciales se pactó pagar al señor Jaime Araya Guerrero, cabe señalar que dentro de las prácticas de cobro de honorarios se estila que ésos se cobren en un porcentaje (%) determinado del total obtenido por el trabajador. Así las cosas, y para efectos de que los trabajadores tuvieran su pago íntegro, se aceptó poder pagar las sumas por separado.

9.- Finalmente, queremos dejar en claro de forma enfática y tajante que los avenimientos suscritos en ningún caso corresponden a una irregularidad, por el contrario las sumas acordadas se enmarcan dentro de los estándares establecidos por el Código del Trabajo y las indemnizaciones a las que puede tener un trabajador que demande en circunstancias similares con la remuneración que percibían los demandantes, situación totalmente ajena a la voluntad nuestra. Por lo demás, muestra de su regularidad es que los avenimientos fueron suscritos y presentados ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, siendo público la integridad de su contenido.

10.- Por último, lamentamos la confusión que se ha generado en la opinión pública a raíz de la información que se ha publicado, respecto de la cual nos hubiera gustado tener el derecho a réplica que toda noticia merece para informar adecuada y oportunamente a la comunidad.

Dirección Jurídica Fundación Red de Salud Universidad de Antofagasta