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Antofagasta
Lunes 16 de Septiembre del 2024 12:55

Tras nuevos registros de ballenas en la región de Antofagasta: ¿Cuáles son las distancias permitidas para el avistamiento del ejemplar?

El incumplimiento de las distancias mínimas de observación, así como el acoso, alimentación, captura o muerte de cetáceos y otras especies marinas, está penado por la ley en Chile, con sanciones que pueden alcanzar hasta 300 UTM.

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En lo que va de 2024, se ha reportado un inusual avistamiento de cetáceos en las costas chilenas, lo que ha llevado al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) a recordar a la comunidad la importancia de mantener las distancias mínimas obligatorias al observar estas especies. Incumplir con estas medidas no solo pone en riesgo la seguridad de los animales, sino que también expone a los infractores a distintas multas.

DISTANCIAS DE OBSERVACIÓN

En el caso particular de la Ballena Franca Austral, vista recientemente en Mejillones y Antofagasta, Sernapesca enfatiza la prohibición total de acercarse por agua a esta especie, debido a su crítico estado de conservación. Las distancias obligatorias para diferentes especies son las siguientes:

  • 50 metros: Aves y mamíferos marinos (como pingüinos, lobos marinos, chungungos, huillines), cetáceos menores (delfines, toninas, marsopas) y reptiles marinos (tortugas marinas).
  • 100 metros: Cetáceos mayores (ballenas jorobadas, cachalotes).
  • 300 metros: Ballenas azules.

REGULACIONES LEGALES EN CHILE

Es importante recordar que en Chile es ilegal no respetar estas distancias mínimas de observación, así como acosar, alimentar, capturar o matar cetáceos y otras especies marinas, como lobos de mar, focas, nutrias, tortugas marinas y pingüinos. Las sanciones por incumplimiento pueden alcanzar hasta 300 UTM.

Imagen: Sernapesca.

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