El Instituto de Previsión Social, IPS, informó que a partir del lunes 2 de diciembre se comenzará a pagar el Aguinaldo de Navidad para pensionados y pensionadas, beneficio que este año llegará a más de 2 millones 700 mil personas en todo el país, quienes no deben hacer ningún trámite para recibirlo, ya que su pago es automático y viene incluido en la pensión del mes de diciembre.
La seremi del Trabajo y Previsión Social (s) Karen Pérez, informó que para este año 2024 el monto del beneficio es de $27.884 por persona pensionada. En los casos de personas con cargas familiares acreditadas, el monto se incrementa en $15.753 por cada carga familiar acreditada al 30 de noviembre de 2024.
“Esta ayuda solidaria para los pensionados es una buena noticia para conmemorar las fiestas de fin de año, sin embargo, sabemos que no es suficiente, las pensiones son bajas y necesitamos con urgencia sacar adelante la Reforma Previsional, porque nuestros adultos mayores y quienes están esperando jubilarse no pueden seguir esperando”, manifestó la autoridad.
Por su parte, el director regional (s) del IPS, Rafael Carvajal, indicó que “este año el Aguinaldo de Navidad llegará a más de 58 mil pensionadas y pensionados de nuestra región, quienes ya comenzarán a recibirlo desde el 2 de diciembre. El Estado destinará un monto superior a los mil 637 millones de pesos en la entrega de esta ayuda económica a nuestros pensionados y sus cargas familiares“.
Como cada año, el Instituto de Previsión Social ha tomado las medidas necesarias para que el beneficio se pague antes del 24 de diciembre, “para que de esta forma las personas puedan cobrar previamente sus beneficios. Cada persona conoce su fecha de pago con anticipación, ya que esta viene indicada en su liquidación de pago del mes anterior“, agregó Carvajal.
¿Quiénes reciben el Aguinaldo de Navidad?
El Aguinaldo de Navidad se paga a quienes al 30 de noviembre de 2024 sean pensionados y pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS), incluidas las personas con PGU; de Dipreca y Capredena; del Instituto de Seguridad Laboral y de las mutualidades de empleadores de la Ley N° 16.744 de Accidentes del Trabajo. También se paga a personas beneficiarias del Sistema de AFP, solo si estas personas reciben, además, el beneficio de Pensión Garantizada Universal (PGU), Aporte Previsional Solidario (APS) o Garantía Estatal. Además, les corresponde el beneficio a las personas que reciben Subsidio por Discapacidad Mental, Física o Sensorial Severa (Ley N° 21.419).
Para información general sobre las características del beneficio, se puede consultar en www.chileatiende.cl, redes sociales @ChileAtiende en X, Facebook e Instagram o llamar al Call Center 600 440 0040.