Sanciones que pueden variar entre un décimo y las 1000 UTM y la prohibición de funcionamiento del respectivo local, arriesgan las Farmacias que no cuenten con un Químico – Farmacéutico durante las horas de atención a público. Así lo advirtió el Secretario Regional Ministerial de Salud Alberto Godoy, al referirse a recientes denuncias de usarios que han informado de la anomalía.
El Secretario de Salud, recalcó que la normativa vigente exige que las farmacias funcionen bajo la dirección técnica de un profesional químico – farmacéutico o farmacéútico quien deberá ejercer su cargo por al menos 8 horas diarias, pudiendo ser reemplazado temporal o definitivamente por otro químico farmacéútico o farmacéútico.
100% DE LAS HORAS
En ese sentido, aclaró, las farmacias deben contar con el químico – farmacéutico durante el 100% de las horas que prestan sus servicios, puesto que el adecuado y correcto funcionamiento de los locales depende directamente de éstos. “La responsabilidad corresponde a los Químicos y no al personal auxiliar o administrativo”.
Aclaró que los directores técnicos están obligados a cumplir una serie de importantes tareas entre las que se cuentan verificar que el despacho de las recetas se efectúe conforme a las disposiciones legales, cautelando que se cumplan las condiciones de venta indicadas para cada producto.
OTRAS TAREAS
Asimismo, añadió, les está asignado despachar personalmente las recetas de los productos farmacéuticos, sometidos a controles legales especiales como estupefacientes y productos de venta bajo receta retenida; promover el uso racional de los medicamentos; velar porque el almacenamiento de productos, asegure su conservación, estabilidad y calidad y además, dijo, adiestrar al personal auxiliar, supervisando igualmente, el correcto desempeño de las funciones que se les deleguen.
Godoy llamó a la ciudadanía a colaborar con la labor fiscalizadora de la Seremi de Salud, y que involucra más de 170 farmacias a nivel regional, denunciando la eventual ausencia de los químicos farmacéuticos. Esto, mediante el sitio web https://oirs.minsal.cl y reiterando que de comprobarse, la Unidad de Profesiones Médicas y de Farmacia de la propia Seremi de Salud, prohibirá el funcionamiento del recinto, aplicando además el correspondiente sumario.