Sin beneficios: rechazan apelación de sujeto que grababa partes íntimas de menores en colegios de Antofagasta

La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta confirmó la sentencia de presidio efectivo contra un hombre de 46 años, autor de múltiples grabaciones de partes íntimas y actos de significación sexual contra menores. Los delitos, cometidos durante una década tanto en la vía pública como al interior de dos colegios donde el imputado trabajaba, le significarán penas de cárcel, la prohibición perpetua de trabajar con menores y la sujeción a vigilancia policial por diez años tras cumplir su condena.

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La Corte de Apelaciones de Antofagasta puso fin a la intención de la defensa de evitar la cárcel, rechazando el recurso que buscaba sustituir el presidio efectivo por libertad vigilada intensiva. De esta manera, el imputado de 46 años, deberá cumplir las penas de 540 y 300 días de reclusión, sumado a drásticas medidas accesorias: quedará inhabilitado de por vida para cualquier oficio que involucre contacto con menores y bajo estricta vigilancia de la autoridad por una década tras recuperar su libertad. La investigación de la Fiscalía reveló que, entre 2015 y 2025, el sujeto utilizó aplicaciones móviles para grabar y fotografiar a niñas y adolescentes sin su consentimiento, aprovechando incluso su acceso a establecimientos educacionales de la ciudad para realizar estos actos.

El caso llegó a su punto crítico el 10 de abril de 2025, cuando transeúntes sorprendieron al sujeto grabando a una menor en la vía pública utilizando un celular que simulaba estar bloqueado. Tras ser retenido por familiares de la víctima y entregado a la policía, el análisis de sus dispositivos electrónicos dejó al descubierto la magnitud de sus acciones, incluyendo un registro de abril de 2021 donde realizaba actos de significación sexual en presencia de una niña. Esta evidencia acumulada por diez años fue determinante para que el Juzgado de Garantía dictara la condena en un procedimiento abreviado, la cual ahora queda firme tras el pronunciamiento del tribunal de alzada.

Finalmente, la sentencia ratificada no solo asegura el cumplimiento de la cárcel, sino que ordena la incorporación del perfil genético del agresor al registro nacional de condenados de la Ley 19.970. Las autoridades judiciales recalcaron que la naturaleza de los delitos, cometidos de forma sistemática y en entornos escolares, impedía cualquier beneficio de libertad condicional, priorizando la seguridad de las víctimas y de la comunidad educativa.

Con este fallo, se cierra un proceso que expuso una peligrosa conducta persistente, asegurando que el condenado no vuelva a ocupar cargos en instituciones que involucren el cuidado o la formación de personas menores de edad.

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