Junto a miembros de la Agrupación Asperger AntofagastaLa cámara aprobó el proyecto de la Diputada Marcela Hernando, en el que se pide reconocer específicamente a personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA) en la legislación. La Comisión de Desarrollo Social aprobó y despachó un proyecto de ley que modifica la ley N° 20.422 sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, en el sentido de establecer una completa definición legal que comprenda de mejor manera el síndrome de Asperger y otros Trastornos Autistas.

Empleo

Recientemente Chile aprobó la ley de Inclusión Laboral, la cual -entre otros aspectos- exige la reserva del 1% de empleos para personas en situación de discapacidad, en empresas públicas y privadas con 100 o más trabajadores y trabajadoras. Una forma de controlar que esta ley se cumpla, es que la Dirección del Trabajo tenga un registro de quienes tienen alguna discapacidad.

Sin embargo, hay una cantidad importante de personas con TEA que no tienen credencial por temor a ser discriminados. Así lo evidenció Hernando, quien explicó que hoy los TEA, “aunque sean muy leves y las personas sean profesionales aparecen catalogados como discapacidades mentales severas”.

Moción aprobada

 “Hoy hemos dado un paso significativo para reconocer a las personas con TEA en nuestra legislación. Hemos ampliado la definición de discapacidad en la Ley de Inclusión, agregando las condiciones de trastornos del neurodesarrollo. De esta manera, a través del compromiso del Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis), se va a dictar en su reglamento una nueva y completa definición de los trastornos del espectro autista, para que estas personas no sean discriminadas en ninguna de nuestras instituciones”, declaró la congresista, quien es miembro permanente de la instancia legislativa.

Credencial

La iniciativa de la diputada (boletín N°11240-31) busca de terminar con el catálogo de “enfermedad mental” en el que hoy son clasificadas las personas que presentan algún Trastorno del Espectro Autista, de manera de que puedan obtener la Credencial de Discapacidad de acuerdo a su verdadera condición; y así también puedan acceder a los beneficios que otorga la ley de Inclusión Laboral.

Esta documentación se entrega a solicitud del beneficiado, y para conseguirlo, es que se modificó el artículo 5° de la ley N°20.422 -que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad- con el fin de establecer una definición de discapacidad que comprenda el síndrome de Asperger y otros Trastornos del Espectro Autista.