La Corte de Apelaciones de Antofagasta condenó a la empresa Hipermercados Antofagasta Limitada, propietaria de supermercados Líder, a pagar una indemnización por concepto de daño moral de cinco millones de pesos a dos menores de edad y su abuelo, quienes fueron detenidos por guardias de seguridad del recinto, por el supuesto delito de robo que habrían perpetrado las menores el 20 de agosto pasado, después de concurrir al cine que está en el edificio.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Dinko Franulic Cetinic, Myriam Urbina Perán y Jasna Pavlich Núñez– confirmó la sentencia recurrida, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Antofagasta, que estableció que la privación de libertad de las menores fue “manifiestamente ilegal y arbitraria”.

(…) debe subrayarse la impertinencia que los guardias de seguridad pretendieran efectuar un registro de las pertenencias de las menores, pues ello no está autorizado ni por el artículo 15 inciso segundo de la Ley de Protección del Consumidor ni por el artículo 129 inciso primero del Código Procesal Penal”, sostiene el fallo.

Resolución que agrega: “De lo anterior necesariamente deviene que éstas, y su abuelo, quien las acompañaba se vieron expuestos a una afectación de intereses extrapatrimoniales, como su libertad y dignidad, al ser sindicadas como autoras de un delito y al escarnio público que significó su traslado en tales circunstancias seguidas y rodeadas por guardias de seguridad, lo que constituye daño moral que debe ser reparado por los responsables“, añade el fallo.

Lo anterior también cabe predicar de los padres de las menores pues, aun cuando no hayan presenciado directamente el hecho, necesariamente su circunstancias, particularmente que afectara a hijas menores de edad, les produjo una aflicción o dolor mucho más allá de una mera molestia y por tanto también constitutivo de daño moral“, agrega la sentencia del tribunal.

Que determinada la existencia de daño moral de todos los actores –continúa–, conforme a las facultades que otorgó la parte demandante en su recurso, la avaluación que esta parte efectuó, en lo que dice relación con las menores y su abuelo, parece condigna al hecho y sus circunstancias por lo que se regulará el mismo en la suma de cinco millones de pesos ($5.000.000) para cada uno. No ocurre lo mismo en lo que dice relación a los padres de las menores, sin perjuicio que resulta del caso alzar la indemnización fijada por el tribunal a la suma de dos millones quinientos mil pesos respectivamente ($2.500.000)”.

Por estas consideraciones, concluye: “SE CONFIRMA, con costas del recurso, la sentencia apelada de fecha doce de septiembre del año dos mil diecisiete, escrita a fs. 84 y siguientes, con declaración que Hipermercados Antofagasta Limitada deberá pagar a título de daño moral a las menores (…) y a su abuelo (…) la suma de cinco millones de pesos ($5.000.000) a cada uno de estos. Y a (…), en calidad de padres de las menores la suma de dos millones quinientos mil pesos ($2.500.000) para cada uno”.