La Corte de Apelaciones de Antofagasta condenó a la multitienda La Polar S.A. al pago de una multa de 30 UTM por infracción a la ley de protección de los derechos de protección de los consumidores, al entregar avance en efectivo sin autenticación de la huella digital de titular de tarjeta de crédito.

Los hechos se registraron el 2 de abril del año pasado, cuando una clienta de La Polar se percató al recibir el estado de cuenta de su tarjeta de crédito que aparecía un avance en efectivo por más de 1 millón de pesos, que la afectada nunca realizó en la multitienda. 

La demandante al ver que sus Derechos de Protección al Consumidor estaban siendo vulnerados, presentó un reclamo a la tienda, donde obtuvo respuestas negativas indicándose que la transacción se habría hecho de forma regular e incluso, con la firma biométrica. Debido a la deuda, la afectada fue puesta en Dicom con una deuda que iba creciendo cada vez más. 

La afectada concurrió a la justicia y tras el análisis de los antecedentes, la Corte de Apelaciones de Antofagasta determinó que “La Polar S.A actuó con negligencia, causando un menoscabo  a la consumidora”.

“Existe un error evidente de validación de la autentificación de la huella digital que se basa precisamente en documentos que emanan de la propia denuncia, por lo que se verifica una infracción a lo establecido en el articulo 23 de la ley sobre protección a los derechos del consumidor, por fallas de seguridad del servicio prestado”. Manifestó el documento.

La Polar S.A. tendrá que pagar una multa de 30 UTM por infracción a la ley mencionada anteriormente, por haber entregado un avance en efectivo sin la autentificación de la huella digital. Además, indemnizar con  $1.217.224, por daño emergente y 400 mil pesos por concepto de daño moral a la demandante.