A la Fiscalía fueron derivados por parte de la Contraloría los antecedentes de la compra de un terreno que realizó la Corporación Municipal de Calama (Comdes) a un familiar del Alcalde de la comuna, Daniel Agusto (RN).

Lo anterior debido a que el organismo fiscalizador detectó un potencial conflicto de interés que, al ser constitutivo de delito, es competencia de la fiscalía del Ministerio Público.

Los antecedentes se remiten al 7 de marzo de 2018, cuando la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Calama (COMDES) adquirió un terreno ubicado en calle Condell 2043, de la ciudad de Calama, con el objeto de emplazar una clínica dental. Sin embargo, las concejalas Dinka López y Carolina Latorre junto al concejal José Mardones, recurrieron a la Contraloría denunciando un conflicto de intereses, puesto que dicho terreno sería una herencia de la que participa Jubitza Tapia Pérez, Directora Ejecutiva de la COMDES y prima del Alcalde Daniel Agusto, Presidente del Directorio de la COMDES.

Dicha relación de parentesco que denunciaron los ediles, resulta ser cierta, pues, Jubitza Tapia Pérez, Directora Ejecutiva de la Comdes Calama es hija de José Tapia Álvarez y Guadalupe Pérez González, heredando de su padre junto con sus tíos, madre y hermanos el terreno que más tarde vendería a la Corporación que dirige, bajo la presidencia de Daniel Agusto, su primo, tal como comprueban los certificados de nacimiento a los cuales tuvo acceso este diario.

Compra de inmueble

El informe contralor explica que la Corporación requería adquirir un inmueble para la construcción de una Clínica Dental para la educación municipal, lo que fue procedido con premura tal que no se llevó a licitación pública ni privada, sino vía trato directo. La Contraloría, al respecto, advierte una serie de situaciones irregulares.

                  1) Una de las ofertas para el terreno provino de la sociedad hereditaria de la actual Directora Ejecutiva de la COMDES, Jubitza Tapia Pérez, prima del alcalde Daniel Agusto Pérez. En ese entonces, ella se desempeñaba como Directora de Gestión de COMDES, siendo miembro de la comisión evaluadora encargada de efectuar la adquisición del terreno. “El Director Ejecutivo de esa corporación señaló que la señora Jubitza Tapia Pérez(…) quien participó de las dos (2) reuniones previas llevadas a cabo por el comité evaluador, debía abstenerse de continuar en el proceso, como miembro de la comisión evaluadora, toda vez que uno de los terrenos que habían sido ofertados, era de su propiedad, ya que correspondía a una herencia en la cual tenía participación, lo cual habría sido aceptado, según se indica en el documento, por la comisión y por la trabajadora”. Sin embargo, consigna el Informe que “en dicha instancia se habría realizado la revisión de las cotizaciones del proyecto y que la aludida señora Tapia Pérez, aparece firmando como asistente a la actividad. Agrega la Contraloría que “este Organismo de Control tuvo a la vista antecedentes durante la ejecución de la fiscalización, que dieron cuenta de que la servidora al momento de abstenerse de participar en el proceso de selección del terreno adquirido, ya había concurrido a dos (2) reuniones previas llevadas a cabo por el comité evaluador, en las que se determinó la necesidad de la compra de un terreno y la búsqueda del mismo”. (Página 14)

2) Falta de control interno en la COMDES, principalmente porque “esta Sede Regional no tuvo a la vista antecedentes que acreditaran alguna instancia de supervisión o vigilancia para el proceso de selección del terreno adquirido para la construcción de la clínica dental en estudio, ni tampoco que se hayan establecido parámetros en forma preliminar respecto de las características que debía poseer el terreno que se necesitaba, constatándose por ende, debilidades en cuanto a las prácticas administrativas por parte de la entidad, que no aseguraron la transparencia y ecuanimidad del proceso”. Por lo demás, “se desprende que el menor costo se debió principalmente porque las dimensiones del lugar (…) eran notoriamente inferiores a las demás propuestas”. (Página 10)

                  3) El terreno se adquirió sin contar con aprobación del proyecto que en él se emplazaría, puesto que la SEREMI de Educación “rechazó el proyecto en comento, en consideración de que el terreno que se proponía emplazar la Clínica, no se encontraba asociado a un RBD, con la implicancia de que (…) no se encontraría ubicada dentro de un establecimiento educacional reconocido por el Ministerio de Educación”. Sin embargo, la Corporación aún sin “contar con la aprobación de los organismos públicos, realizó de igual forma la compra del terreno en estudio, mediante contrato de compra y venta el 22 de enero de 2018 cuyo pago por la suma de $190.000.000, se materializó el día 30 del mismo mes y año, y ante la imposibilidad de utilizar para ello los recursos provenientes del convenio con el Banco BCI, por no cumplir con los requisitos que le fueron exigidos, lo financió con recursos ‘Per Cápita’ del Departamento de Salud Municipal (P. 13) (…) aún no estando en el plan de salud comunal” (P. 29) por lo que el organismo contralor considera que “ha existido una falta de eficacia y eficiencia por parte de la corporación, en el buen uso de los recursos públicos” y que “efectivamente no se ejecutó el proyecto que originó la compra del predio, y que el mismo a la fecha de su respuesta, ha tenido una serie de modificaciones”. (P. 24) En ese orden, instruye al Servicio de Salud requerir rendición de cuentas a la Corporación por dicho gasto, en plazo de 60 días. (Página 29)

                  4) El terreno se adquirió sin ser realmente necesario, pasando el proyecto a emplazar en él de una Clínica Dental para la educación municipal a uno de una Droguería Central, dejando “de manifiesto que la compra en comento no se justificaba como una necesidad inmediata a resolver por parte de esa entidad, en contra posición a los principios de eficiencia y eficacia (…) por cuanto la necesidad que originó la adquisición en estudio, ahora es remplazada por otro proyecto”, el de la droguería, lo que permite cuestionar la decisión de la dirección ejecutiva de no realizar una licitación sino elegir trato directo. (Página 19)

                  5) A 9 meses de la compra del terreno no se aprecian avances en el proyecto para el que se adquirió, lo que la Corporación intentó justificar señalando que “las obras del edificio habrían sufrido un retraso, a consecuencia de que la Dirección de Salud de la corporación no ha recibido la aprobación de los diseños por parte del Servicio de Salud de Antofagasta”. Sin embargo, la Contraloría consultó al Servicio de Salud de Antofagasta, quienes desmintieron la justificación de la Corporación, señalando “que no mantiene información referente al programa aludido”, por lo que tampoco existiría un permiso por parte del Servicio de Salud. (Página 18)

El informe en comento también se hace cargo del parentesco entre el Alcalde como Presidente de la Corporación, y la Directora de ella Jubitza Tapia, siendo éste de cuarto grado (son primos) (P. 20), toda vez que Guadalupe Pérez González (viuda de José Tapia Álvarez) es hermana de Lidia Pérez González, madre de Daniel Agusto Pérez. Guadalupe y Lidia Pérez son hermanas hijas de Isidoro Pérez Pérez y de Alejandra González Jiménez.

En este respecto, la Contraloría señala que no es una relación consanguínea de las que la legislación declara incompatibles o reñidas con la probidad, puesto que esta alcanza sólo hasta el tercer grado inclusive.  En otras palabras, el ser primos no tendría una implicancia en la probidad administrativa para la legislación.

Cabe recordar que el Presidente de la República, Sebastián Piñera, nombró a su primo Andres Chadwick Piñera como Ministro del Interior. Sin embargo, la relación entre Daniel Agusto y Guadalupe Pérez, su tía y madre de Jubitza Tapia Pérez (directora de Comdes), si corresponde a la de tercer grado, pero Contraloría señala que no pudo validar que el Alcalde Daniel Agusto tuviera conocimiento de la compra del terreno en particular, puesto que el edil habría negado conocer los hechos de la selección y compra del terreno perteneciente a su tía, vía correo electrónico al organismo de contralor.

Es dable mencionar que el Alcalde es Presidente del Directorio de la Corporación, organismo director al que le compete la administración de los bienes y recursos de la Corporación, según sus Estatutos; participando así de sus reuniones en que eran informados sobre el acontecer de la corporación.

Conflicto de Interés 

A la muerte de José Tapia Álvarez le sucedieron en su patrimonio su esposa, Guadalupe; sus hermanos Bernardino, Adrián y Verónica; y sus hijos, Jubitza (la directora ejecutiva de la Comdes) José, Rodrigo, Israel y Joel; formándose una sociedad hereditaria, en cuyo patrimonio social se encontraba este terreno avaluado entonces en cerca de 69 millones de pesos, el mismo que la Comdes compró por 190 millones de pesos (121 millones más que el avalúo fiscal, cerca de 175% más caro).

Se advirtió un potencial conflicto de interés en el proceso de compra del terreno en estudio, situación que podría revestir caracteres de delito, por lo que corresponde remitir una copia del presente informe final de la investigación en comento a la Fiscalía Local de Antofagasta del Ministerio Público para su conocimiento…”, (P. 1) señala el Informe de la Contraloría, sin precisar cuál es el presunto delito cometido, pero sindicando que el origen está en el potencial conflicto de interés en relación a la participación de Jubitza Tapia Pérez como vendedora y como miembro partícipe de la comisión evaluadora de COMDES para la selección y adquisición del terreno que le heredó su padre, en su calidad de Directora de Gestión. La Contraloría catalogó estos sucesos como “Altamente Complejos”.

Ofertas de terrenos

La Corporación habría recibido tres ofertas de terrenos, según detalla el Informe:

  1. A) Calle Atacama, de 600 m2, por $390.000.000.-, es decir, $600.000.- el m2.
  2. B) Avenida La Paz, de 1.000 m2, por $300.000.000.-, es decir, $300.000.- el m2.
  3. C) Calle Condell, de 488 m2, por $190.000.000.-, es decir, a $389.344.- m2.

En ese sentido, la Contraloría relaciona que el precio más bajo de las ofertas concuerda con el terreno de menor tamaño: “el menor costo se debió principalmente porque las dimensiones del lugar (…) eran notoriamente inferiores a las demás propuestas”, lo que significa que no necesariamente es la mejor oferta, pues como se ve, el valor por metro cuadrado más económico es el de Avenida La Paz, ofertada por Corredora de Propiedades de Los Reyes.

Error en la escritura

La Contraloría remitió copia de su informe a la Corte de Apelaciones de Antofagasta, debido a que en la escritura de compraventa del referido inmueble figura concurriendo en él el abogado Christian Chamorro, el que desmintió haber participado de las negociaciones y de la misma escritura de compraventa, lo que fue acogido por la Contraloría y remitido así los antecedentes a la Corte de Apelaciones a quien le compete el control de las Notarías.