En un fallo unánime de la Segunda Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Eric Sepúlveda Casanova, Jaime Rojas Mundaca y el abogado integrante Marcelo Díaz Sanhueza, se revocó la sentencia dictada por el Tercer Juzgado Civil de Calama. De este modo, se condenó conjuntamente al Hospital Dr. Carlos Cisternas de Calama y al Servicio de Salud Antofagasta a pagar una suma total de $380.000.000 por concepto de daño moral al cónyuge, hijo y sobrinas de la víctima.
El tribunal fundamentó su decisión en los informes médicos incorporados a la causa, destacando especialmente el peritaje médico legal N°45-2023 elaborado por el médico legista Sergio Cerda San Martín, profesor asociado de Anestesiología de la Universidad de Chile y perito de la Unidad de Responsabilidad Médica del Servicio Médico Legal de Santiago. El documento estableció que la atención brindada a la paciente —una mujer previamente sana— no se ciñó a la lex artis médica, situando el origen del daño en un evento anestésico adverso durante su trabajo de parto.
La resolución judicial consignó que el perito constató una grave infracción a la lex artis por parte del equipo de Anestesia Maternidad de turno del recinto asistencial el 27 de julio de 2020. Según el informe, se permitió o indicó la administración de una dosis de analgesia epidural fuera de la Guía AUGE-MINSAL que evolucionó a espinal total, siendo aplicada por personal TENS no entrenado en anestesia y reanimación cardiopulmonar, lo que desencadenó el fatal desenlace.
Ante esto, la Corte rechazó la excepción de cosa juzgada opuesta por el hospital y acogió la demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio. Como resultado, se ordenó el pago solidario de compensaciones por daño moral fijadas en $200.000.000 para el cónyuge, $100.000.000 para el hijo de la víctima y $40.000.000 para cada una de las niñas afectadas, montos que deberán incrementarse con intereses corrientes hasta su cancelación efectiva.
Por su parte, frente a la resolución judicial, el Hospital Dr. Carlos Cisternas de Calama emitió una declaración pública en la que manifestó su respeto riguroso al fallo y reiteró su profundo pesar por el deceso de la paciente ocurrido en 2020, extendiendo sus condolencias a la familia, cónyuge e hijos. El recinto hospitalario recordó que en su momento instruyó las investigaciones administrativas y sumarios correspondientes para establecer responsabilidades internas.
Finalmente, la dirección del establecimiento de salud indicó que desde entonces se aplican estrictas revisiones a los protocolos de Anestesia y Maternidad con el fin de garantizar la seguridad de los procedimientos, reafirmando al mismo tiempo su compromiso institucional con la salud, la seguridad y la dignidad de todos los usuarios de la provincia de El Loa.
