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Viernes 29 de Marzo del 2024 02:44

Arrendatarios morosos: Comisión aprueba proyecto que permite desalojarlos en 10 días

Propuesta busca agilizar los procedimientos en casos de morosidad sostenida y daños a los inmuebles. Tras ser aprobada la idea de legislar, el proyecto pasará a ser discutido en sala.

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La idea de agilizar los procedimientos judiciales para que los “arrendatarios rebeldes” puedan restituir los inmuebles a sus dueños en casos en que registren morosidad sostenida o daños, contó con el respaldo unánime de los integrantes de la Comisión de Constitución del Senado, que aprobó en general el proyecto de ley en esa línea.

Se trata de una moción que cumple su segundo trámite constitucional -que ahora debe ser analizada en general por la Sala del Senado- y que busca incorporar la restitución anticipada de inmuebles en juicios precario y de terminación de arrendamiento y de comodato, y que también contempla un procedimiento monitorio (más simple)  para el cobro de rentas.

Uno de los puntos que surgió durante el análisis del proyecto en la primera sesión, fue el de incorporar alguna medida que permita dar solución a la situación de los denominados “ocupas” que habitan casas sin moradores.

En tal  sentido, surgió la idea de incorporar una figura conocida como la demanda “innominada” que se ocupa en países como España, asunto que quedó en discutirse una vez que la Comisión escuche las opiniones de  profesores de derecho civil y de derecho procesal penal, lo que está contemplado para la sesión del próximo martes.

Cabe recordar que la idea matriz o fundamental del proyecto consiste en establecer un procedimiento más rápido para que el arrendador pueda, en los supuestos y con los requisitos que el proyecto establece, recuperar el bien raíz arrendado a lo que se agrega obtener el pago de las sumas que por concepto del contrato de arrendamiento se le adeudan.

En este sentido, el proyecto propone modificar la regulación contemplada en el Código de Procedimiento Civil, con el fin de incorporar una nueva medida precautoria: la restitución anticipada de un inmueble, sin previo desahucio; y la incorporación de un artículo que contiene hipótesis especiales de procedencia de la nueva medida precautoria.

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