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Viernes 26 de Abril del 2024 20:51

“Uno de los casos más crueles e inhumanos”: Sujetos que secuestraron y torturaron a un hombre por su orientación sexual en 2020 fueron condenados

Los imputados mantuvieron secuestrada a su víctima por cerca de 8 horas hasta que fue liberada por personal policial. Fue amarrada, golpeada, electrocutada e insultada, entre otros graves actos contra su persona.

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Este 22 de junio el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, dictó condena en contra de cinco personas que fueron partícipes del secuestro de un hombre, para luego torturarlo brutalmente al interior de un domicilio abandonado en el sector de Estación Central en 2020, época en que la víctima tenía 29 años de edad.

Según señaló el abogado del Movilh, Mijail Guevara, quien representó al afectado; Betzabet Karen Soto Pastene (35), Priscilla Constanza Romo  Olivares (34) y Ángelo Alejandro Sánchez Sánchez (31) fueron condenados a 15 años de presidio mayor en su grado medio, mientras que Rodrigo Alejandro González  Ayala (31)  y José Demesino Rodríguez  de la Vega  (29) recibieron la pena de 17 años de presidio mayor en su grado máximo por el delito de secuestro calificado. Penas que debiesen cumplirse a cabalidad en privación de libertad, según destacó el tribunal.

LOS HECHOS

El brutal caso, tuvo fecha el 05 de junio de 2020, cuando los involucrados, tras enterarse que la víctima era bisexual procedieron a secuestrarla en una casa okupa situada en Francisco Zelada 028 en Estación Central, donde recibió horribles torturas; siendo amarrado a un palo, golpeado, atacado con cargas eléctricas, quemado con cigarrillos e insultado con motivo de su orientación sexual, entre otros graves daños. Hasta que tras 8 horas fue encontrado por policías, amarrado a un palo que se encontraba en el patio de dicha casa, con múltiples lesiones, en ropa interior, mojado y en evidente estado de shock.

Frente al caso, el Movilh sentenció que “este es uno de los abusos más crueles e inhumanos de los que tenemos registro.  Ser insultado por la orientación sexual en medio de torturas que pudieron tener un desenlace fatal son hechos que sobrecogen. Valoramos la fortaleza de la víctima para llegar hasta al final con el proceso judicial“.

Sin embargo, frente a los hechos y las evidencias, que además fueron grabadas por los imputados, no se consideró el agravante por Ley Zamudio, ya que una de las agresoras sería bisexual.

“Esto viene a demostrar una vez más la necesidad de aplicar la Ley Zamudio y de capacitar a magistrados. Suponer que se no puede aplicar agravante porque el victimario sería también LGBTIQA+ es absurdo. La homo/transfobia no tiene orientación sexual, ni identidad de género y bien pueden ser responsables de estos atropellos otras personas LGBTIQ+. Sin duda la Ley Zamudio merece reforma, más aún al recordar que en 10 años solo en cinco ocasiones hemos logrado aplicar su agravante, debido a que cada magistrado/a interpreta a su antojo los alcances de la ley”, finalizaron desde el movimiento.

Puedes leer los detalles del caso en la página web del Movilh, haciendo Click Aquí.

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