Hasta noviembre del año pasado las mujeres que trabajaban y cotizaban en una Isapre podían ser sujetas de despido unilateral por parte de esta prestadora de salud en caso de no haber dejado constancia del estado de embarazo por la que atravesaban.
Esta decisión, por cierto coartaba la voluntad libre que tiene toda mujer, de manera informada y madura, de comenzar la maternidad. Esta vulneración de derechos limitaba asimismo a toda mujer trabajadora la opción de ingreso al sistema privado de salud.
Sin embargo, esta situación cambio a partir de noviembre del año pasado, ocasión en que la Superintendencia de Salud emitió la circular 233 mediante la cual eliminó la exigencia de declarar el estado de embarazo de toda beneficiaria.
Fue un logro que marcó un hito más en la adquisición de un nuevo derecho, paradojalmente, con la eliminación de un requisito que en nada se condice con el respeto a las libertades individuales y del valor que le damos a la determinación de las mujeres de ser madres.
Cuando se restringe a las mujeres su derecho a proseguir o interrumpir en casos acotados su embarazo, se las considera no como sujetos plenas de derechos, sino como simples instrumentos sin capacidad para decidir sobre sus proyectos de vida.
Como Sernam hacemos hincapié en la autonomía que tienen las mujeres sobre su propio cuerpo para conseguir su pleno acceso a derechos humanos fundamentales como los sexuales y reproductivos. No es posible pensar en una sociedad democrática basadas en conceptos actualizados de justicia y equidad si el cuerpo de las mujeres continúa siendo un instrumento dependiente de otras personas o, como en este caso, de entidades privadas.
Esta medida viene a ratificar el espíritu del plan de Gobierno de nuestra Presidenta de la República de avanzar hacia una sociedad con más y mejores oportunidades para las mujeres, sumándose a otros derechos adquiridos como el que poseen las madres adolescentes a no ser expulsadas de los colegios, a elegir el método anticonceptivo que más les convenga o el derecho a ser asistida con un anticonceptivo de emergencia.
Por cierto que este instructivo es sólo un paso más para regular el modo en que somos tratadas las mujeres en las Isapres. Y por ello es importante que las prestadoras asuman este desafío, y regulen otro tipo de brecha discriminatoria que se condice con que en promedio las cotizaciones de las mujeres son un 30 por ciento más altas que las de los hombres.