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Sábado 20 de Abril del 2024 08:24

La condena para una hombre por conducir en estado de ebriedad causando muerte

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La Redacción
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ley-emilia-chile-pena-carcel-manejo-estado-ebriedadEl fiscal de Calama, Ricardo Rivera Vallejos, obtuvo una sentencia de condena en contra de  Freddy Carlos Huiza, boliviano de 48 años de edad, a quien el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, encontró culpable de un delito de conducción en estado de ebriedad, causando la muerte de una persona, ilícito por el que le aplicó una pena de 4 años de presidio menor en su grado máximo.

Además se le inhabilitó de manera perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica y una multa a beneficio fiscal, de 8 UTM.

Los hechos por los que acusó el fiscal Rivera, dan cuenta que los mismos ocurrieron el 24 de diciembre del 2015 en horas de la madrugada, cuando el imputado se encontraba ingiriendo bebidas  alcohólicas junto a otras personas, entre ellas la víctima José Daniel Castro Ramos en el sector Puerto Seco de Calama. Cuando el hermano del fallecido fue al baño, el imputado se subió a un camión con acoplado conduciendo el mismo con sus capacidades psicomotoras disminuidas debido al consumo de alcohol, atropellando en estas condiciones a Daniel Castro Ramos. Luego de eso el hermano del acusado se dio cuenta que el camión se había puesto en marcha y movido de lugar por lo que subió a él como copiloto, pidiéndole al imputado que llevara el camión al lugar donde estaba antes, reiniciando éste la marcha del vehículo y atropellando nuevamente a la víctima.

A consecuencia de estos hechos la víctima falleció por traumatismo encéfalo craneano, mientras que el informe de alcoholemia practicado al imputado evidenció que este mantenía en su cuerpo 1.73 gramos por mil de alcohol en la sangre.

La defensa solicitó absolver al imputado ya que a su juicio había varios choferes bebiendo alcohol y en este caso la víctima se habría expuesto al riesgo.

Durante el juicio oral el imputado se acogió a su derecho a guardar silencio.

Un hermano del occiso dijo que estaban en ese lugar festejando que un pariente suyo acababa de comprar dos camiones, y que desde un principio el imputado quería ver la potencia de los vehículos pesados. Que en un momento dado fue al baño y al salir vio que el camión no estaba donde lo había dejado, se subió al vehículo y le dijo a Huiza que volviera a dejar el camión donde estaba originalmente, faltando unos 50 metros vio el cuerpo de su hermano en el suelo, le gritó al conductor que parara pero este no lo escuchó. Dice que quedó en estado de shock, bajó y tomó el pulso a su hermano que tenía 26 años y era chofer y descubrió que no tenía pulso. Allí llamó a Carabineros e informó del hecho.

Dijo que a Freddy Huiza lo conocía solo por su apodo de “Maroyo”.

El Tribunal después de valorar la prueba aportada por el persecutor dio por acreditado tanto el delito, como la participación que en el mismo cupo a Freddy Carlos Huiza.

Por reunir los requisitos que dispone la ley, se le sustituyó la pena privativa de libertad por la libertad vigilada intensiva, por igual  lapso que la pena principal.

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