Modificar el Código Penal para tipificar como delito la alteración de la paz pública mediante la ejecución de actos de violencia y agravar las penas aplicables, es el objetivo del proyecto aprobado el pasado 4 de diciembre por la Cámara de Diputados.

La propuesta fue aprobada en General con 127 votos a favor, 7 en contra y 13 abstenciones.

El único diputado que votó en contra fue Esteban Velasquez, mientras que Paulina Nuñez (RN), José Miguel Castro (RN), Catalina Perez (RD) y Marcela Hernando (PR), votaron juntos su aprobación.

¿Qué se busca prohibir?

El Proyecto establece, entre otras cosas, que se entenderá como “desorden público” cualquier acto que busque “incendiar objetos o utilizar elementos destinados a impedir coactivamente la libre circulación de las personas o vehículos”, es decir, se busca impedir la elaboración de “barricadas” o del popular “el que baila, pasa”.

Además, se busca tipificar como delito la paralización o interrupción de algún servicio público de primera necesidad (transportes, combustible, comunicaciones o agua potable).

Se pretende prohibir el “lanzamiento de elementos contundente, cortantes o punzantes” y finalmente se puntualiza sobre la destrucción de edificios residenciales o comerciales.

Sanciones

La iniciativa establece que quienes incurran en este y otros delitos, serán sancionados con reclusión menor en sus grado medio a máximo (541 días a 5 años).

El Proyecto pasó al Senado para continuar con su trámite legislativo.