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Miércoles 24 de Abril del 2024 07:12

Calama: Condenan a cadena perpetua al asesino de Mateo Riquelme

Tribunal Oral en lo Penal de Calama condenó a presidio perpetuo al padrastro del pequeño de solo 2 años que fue brutalmente asesinado en la capital de la Provincia El Loa, un crimen que causó profunda conmoción en la comuna.

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mateo

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama condenó  –el jueves 13 de julio– a Cristián Roldán  Riquelme Araya a la pena de presidio perpetuo, en calidad de autor del delito de parricidio de su hijo de dos años de edad. Ilícito perpetrado en diciembre de 2014, en la ciudad.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los jueces Fabiola Collao Contreras (presidenta), Rodrigo Cartes Fierro y Danilo Andueza Quezada (redactor)– aplicó, además, a Riquelme Araya las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos por el tiempo de la vida del penado, y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por el plazo de 5 años, en los casos que corresponda.

En la causa, el tribunal acogió la demanda civil interpuesta por la madre de la víctima, ordenando al condenado pagar a la demandante la suma de $18.000.000 (dieciocho millones de pesos), como indemnización de perjuicios.

Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

Fallo que dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente entre las 15 y 16 horas del 6 de diciembre de 2014, Cristián Riquelme Araya regresó junto a la víctima al domicilio que arrendaba, proveniente de la plaza 21 de Mayo.

Una vez en al interior del inmueble, Riquelme Araya agredió al niño con un objeto contundente de cuerpo romo, provocándole un traumatismo craneoencefálico cerrado por contusión directa que le provocó la muerte, luego de un período de agonía, momentos en los que el niño vomitó y convulsionó en el lugar cerrado, introduciendo el imputado un pañal a la fuerza en su boca para evitar la expulsión de fluidos emanados por el menor.

Posterior a aquello, se produce el deceso del niño procediendo el imputado a retirar distintas prendas desde la habitación y a envolver al menor con una frazada, sacándolo del domicilio para trasladarlo a un sector de Calama, sitio eriazo denominado como quebrada Quetena, lugar que corresponde a un vertedero, donde el imputado procedió a enterrar a (…) en un socavón existente, para posteriormente proceder a deshacerse de las distintas prendas que lo incriminaban en sectores aledaños al sitio del entierro“.

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