¿Cómo postular al Subsidio Eléctrico de invierno?: Requisitos, plazos y los canales presenciales en la región de Antofagasta

Desde este martes 26 de mayo y hasta el próximo 5 de junio estará abierto el proceso de postulación y actualización de datos para la quinta convocatoria del Subsidio Eléctrico, beneficio estatal que entrega un descuento directo en las boletas de luz. El llamado está dirigido a los hogares pertenecientes al 40% más vulnerable del Registro Social de Hogares (RSH) y a pacientes electrodependientes, cuya rebaja se comenzará a aplicar en seis cuotas a partir de septiembre de 2026 bajo la glosa "Subsidio Eléctrico Ley N°21.667".

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Un importante proceso de apoyo económico para los hogares del norte grande se iniciará a partir de este martes 26 de mayo, con la apertura oficial de la quinta convocatoria del Subsidio Eléctrico. El beneficio estatal, regulado por ley, está diseñado para otorgar un descuento directo en los cobros mensuales de energía, aliviando la carga financiera de miles de familias tanto a nivel nacional como en la Región de Antofagasta, donde actualmente un total de 29.049 hogares ya reciben esta ayuda de forma regular. Las autoridades informaron que la ventana de postulación y actualización de antecedentes permanecerá abierta de forma impostergable hasta el próximo viernes 5 de junio.

El seremi de Energía de Antofagasta, Alfredo Hernández Collao, enfatizó el compromiso del Gobierno con la protección de los presupuestos familiares frente al costo de los servicios básicos esenciales. La autoridad regional explicó que para aquellas familias que ya fueron seleccionadas en los llamados anteriores y que continúan cumpliendo con el perfil socioeconómico, la renovación del beneficio operará bajo la modalidad de asignación automática. No obstante, Hernández formuló un llamado a revisar activamente la plataforma para actualizar datos críticos, especialmente en aquellos casos donde los usuarios hayan registrado un cambio reciente de domicilio o una modificación en el número de cliente de su boleta.

Los requisitos establecidos para acceder a esta quinta pauta estipulan que los postulantes deben pertenecer obligatoriamente al tramo del 40% más vulnerable de la población, de acuerdo con la calificación del Registro Social de Hogares (RSH), y mantener sus cuentas de consumo al día o haber suscrito un convenio de pago con la empresa distribuidora respectiva con un plazo límite al 22 de junio de 2026. Por su parte, los hogares donde residan personas inscritas formalmente en el Registro de Pacientes Electrodependientes contarán con una postulación automática y tendrán prioridad absoluta en la asignación de los montos, independiente del tramo de vulnerabilidad que marque su cartola social.

Para formalizar las solicitudes en línea, los jefes de hogar deben ingresar al sitio web oficial (www.subsidioelectrico.cl) utilizando su RUT, ClaveÚnica y el número de cliente que aparece en la boleta eléctrica, estando disponible también el portal complementario de la Ventanilla Única Social. En tanto, para romper las brechas digitales de los adultos mayores, el trámite se podrá realizar de manera presencial y sin ClaveÚnica en cualquiera de las sucursales de ChileAtiende o llamando al fono 101. Adicionalmente, en la capital regional se habilitará un punto de asistencia técnica directa en las oficinas de la Seremi de Energía, ubicadas en calle General Borgoño N°934, oficina 402, en el Edificio Las Empresas.

Finalmente, el calendario del Ministerio de Energía indica que la nómina de beneficiados y los fundamentos técnicos de la adjudicación se publicarán oficialmente durante el mes de agosto de 2026 en la misma plataforma web del subsidio. La bonificación económica correspondiente a este ciclo se entregará parcelada en un total de seis cuotas mensuales consecutivas, las cuales se reflejarán en las facturaciones eléctricas de los usuarios a contar de septiembre de 2026. El descuento vendrá detallado de forma transparente en las boletas comerciales emitidas por las cooperativas o empresas distribuidoras locales bajo la glosa específica “Subsidio Eléctrico Ley N°21.667”, quedando la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) a cargo de canalizar los reclamos o consultas del proceso.

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