Por 68 votos a favor, 39 en contra y 2 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto (boletines 9471 y 9496) que modifica el Código Sanitario y la Ley 20.000, y que sustituye la Ley 19.366 sobre Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas.
Lo anterior con el objeto de legalizar el autocultivo de marihuana para el consumo privado y despenalizar su expendio y cultivo para fines medicinales, medida que respaldó la diputada Marcela Hernando, quien en su calidad de médico y en representación de la Bancada Radical destacó el beneficio terapéutico de la cannabis, así como el avance que significaría su despenalización para regular el tráfico ilícito.
Criminalización
La parlamentaria por la Región de Antofagasta recordó durante su intervención en el Hemiciclo de la Cámara de Diputados que la actual legislación somete a proceso por el delito de tráfico ilícito de drogas a personas que portan pequeñas cantidades de la controvertida planta, y que son para su consumo personal.
“En nuestro país, del total de procedimientos realizados el año 2012, 85.023 detenciones fueron por infracción a la Ley de Drogas, alcanzando el porte y el consumo un total de 77.6% de los procedimientos. Por otro lado, La criminalización de la marihuana ha llevado a la generación de mercados negros y al crecimiento de carteles que financian, con esta sustancia, organizaciones que existen al margen de la ley”, enfatizó Hernando, quien respaldó que el proyecto aprobado permita el autocultivo para uso recreacional sólo para personas mayores de edad, en el entendido de que se trata de una decisión de la esfera privada de la ciudadanía.
Investigación y uso médico
La congresista recordó que la cannabis además tiene variadas aplicaciones en enfermedades catastróficas, donde muchas veces los derivados de esta planta se usan como paliativos del dolor. “Si bien existen drogas que tienen efectos similares e incluso más poderosos, el Dolor es una signosintomatología tan subjetiva que no existen instrumentos ni escala objetiva de medición, y por lo tanto es un tema tremendamente sensible e individual; a lo que se agrega que hoy no están dadas las condiciones para que el Instituto de Salud Pública asuma el rol de investigación y supervisión respecto de cualquier sustancia farmacológica”.
Hernando resaltó además la utilización de la cannabis como medicamento en países como Estados Unidos, Austria, Finlandia y Canadá, donde se ha reportado su efectividad en tratamientos para el cáncer, glaucoma y en casos de esclerosis múltiple. “El consumo de esta planta funcionaría en cualquier enfermedad que tenga una híper excitación de las neuronas del cerebro, y también en todas las enfermedades que involucren grandes pérdidas de peso, aparte de producir muy pocos efectos adversos”, señaló en su intervención, subrayando enfáticamente la introducción de una indicación de su autoría en el proyecto para que los menores de 18 años sólo puedan consumir marihuana con fines terapéuticos y con prescripción médica.
Cultivo
La iniciativa aprobada dispone que toda siembra, plantación, cultivo o cosecha de especies, subespecies y variedades del género cannabis, estará sometido al control y fiscalización del Servicio Agrícola y Ganadero y del Instituto de Salud Pública dentro de las atribuciones que la ley establece. Las autorizaciones no se podrán otorgar a personas naturales con antecedentes judiciales relacionados con tráfico de drogas o lavado de activos. Lo mismo ocurrirá con las personas jurídicas cuyos representantes legales, administradores y socios se encuentren en alguna de dichas situaciones.