La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de protección presentado por médico cirujano que fue desvinculado del Hospital Regional el 30 de noviembre pasado, ordenando al centro asistencia dejar sin efecto la resolución de no renovación de la contrata del profesional.

La Segunda Sala del tribunal, integrada por los ministros Eric Sepúlveda, Ingrid Castillo y el abogado Gabriel Sánchez, en fallo unánime, acogió con costas la acción cautelar, tras establecer el actuar ilegal y arbitrario del centro hospitalario.

En dicho fallo se sostiene que “si bien el acto contiene razones en que se ampara su dictación, se advierte cierta contradicción en las imputaciones efectuadas y sus efectos, ya que –como ha sido reconocido por las partes– se inició un sumario administrativo por algunos de los hechos, en cuyo mérito se podría arribar a la sanción de separación del recurrente de sus funciones, pero por otro lado, se optó por poner término a la contrata, no renovando la misma, lo que podría estimarse como una decisión anticipada al resultado de la investigación sumaria. Ello, le resta fuerza a la motivación de la resolución, generando que sus fundamentos y razonamientos resulten insuficientes. Lo expuesto, conduce a la conclusión de que el ejercicio de la facultad discrecional, en este caso por las razones indicadas, se tornó arbitrario y, a la vez, ilegal al vulnerarse las normas del artículo 11 y 41 de la ley N°19.880”

En la misma línea se agrega que “en lo que respecta a las garantías constitucionales que se denuncian conculcadas, se estima que se ha infringido el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, igualdad ante la ley, al ser el recurrente discriminado arbitrariamente. Lo anterior, por haber sido excluido de la administración pública, en desmedro de otros empleados que, desempeñando iguales cargos a contrata en las mismas condiciones, permanece aún en el cargo”.

Finalmente, se acoge “el recurso de protección deducido por la abogada Madelyn Maluenda Pérez, en representación de David Coronel Fuentes en contra del Hospital Regional de Antofagasta y en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N°17.242, el 30 de noviembre de 2020, que dispuso la no prorroga de su contrata, debiendo la autoridad reincorporarlo a sus funciones en la calidad que tenía hasta el momento de su exoneración, pagando la totalidad de las remuneraciones de las que fue privado durante el periodo en el que ha estado separado ilegalmente de sus funciones, considerándose éste como efectivamente trabajado”.