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Viernes 26 de Abril del 2024 23:20

Juzgado Laboral de Antofagasta condena a consulado de Argentina por vulnerar integridad síquica y vida privada de empleada

En el fallo se ordenó a la legación trasandina pagar a la trabajadora las indemnizaciones y recargos legales adeudados, lo cual supera los $20 millones de pesos.

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El Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta acogió la denuncia de tutela de derechos fundamentales deducida en contra del Consulado de Argentina en la ciudad y estableció vulneración a la integridad síquica y a la vida privada de trabajadora que se acogió a autodespido o despido indirecto, en agosto de 2020.

En el fallo, la magistrada Elizabeth Rodríguez Hernández acogió la demanda y ordenó a la legación trasandina pagar a la trabajadora las indemnizaciones y recargos legales adeudados.

Consignando que “(…) con el término de la relación laboral que se habría producido por una sucesión de hechos que implicaron que la demandante se auto despidiera, esto es, en síntesis, las cámaras de vigilancia puestas en dirección a la pantalla del computador de la Sra. Zavala; los malos tratos de palabra propiciados por la jefatura directa ya sea personalmente o mediante el teletrabajo realizado durante la pandemia del Covid-19; se interrumpió el reposo médico, incluso fuera del horario de trabajo en más de una ocasión“.

A lo que se agregó en la resolución, que de acuerdo a las pruebas aportadas, se corroboró que efectivamente el auto despido fue razón de vulneración de garantías fundamentales.

Agregando que se vulneró el artículo 19 N°4 de la Carta Fundamental tras obligarle a la afectada a mantener la cámara encendida del computador mientras prestaba los servicios en modalidad de teletrabajo, afectando la intimidad del hogar.

Por lo que cabe concluir que el incumplimiento es de carácter grave y que, por ende, el empleador deberá realizar el pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo, y de la indemnización por años de servicios, incrementada esta última en un 50% conforme lo establece el artículo 171 del Código del Trabajo.

RESOLUCIÓN

  1. “Que se hace lugar a la denuncia de tutela de derechos fundamentales, declarándose que la demandada CONSULADO DE ARGENTINA DE ANTOFAGASTA, representado legalmente por doña Ana Carolina Massuh, vulneró garantías fundamentales de la denunciante doña JENNIFER GISSEL ZAVALA FARFÁN, específicamente su integridad psíquica y a su vida privada con ocasión o a causa del despido, materializado mediante comunicación de despido indirecto efectuada el 26 de agosto de 2020 por la demandante”.
  2. “Que la demandada individualizada deberá pagar a la demandante las siguientes sumas:
  • $9.930.393 por indemnización prevista en el artículo 489 del Código del Trabajo, equivalente a once remuneraciones.
  • $902.763 por indemnización sustitutiva del aviso previo.
  • $5.416.578 por indemnización legal por seis años de servicios.
  • $2.708.289 por concepto del recargo legal a la indemnización por años de servicio, ascendente a un 50%.
  • $1.263.868 por feriado legal y proporcional”.
  • “Dichas sumas ordenadas a pagar deberán serlo con los intereses y reajustes de los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo”.
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