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Viernes 29 de Marzo del 2024 04:27

Diputada PDG por Antofagasta votó en contra de la Ley Tamara que endurece penas a delitos contra niños y niñas

Iniciativa recibió 116 votos a favor, 3 votos en contra del Partido de la Gente y 16 abstenciones en el Partido Republicano. A nivel regional votaron a favor los diputados Araya, Castro, Pérez y Videla. En contra votó Yovana Ahumada, rostro de la franja del "rechazo", quien junto a la bancada del PDG se justificaron indicando que por temas administrativos no estaban a favor de la indicación que suprime la penalización a las relaciones homosexuales entre los 14 y los 18 años, por lo cual rechazaron la ley completa. Una decisión que solo incrementó las críticas a ese partido político por homofobia.

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Una serie de modificaciones al Código Penal, con el propósito de agravar e incrementar las penas de delitos cometidos contra niños, o cuando éstos se encuentren entre los afectados por el delito o sus circunstancias, aprobó en tercer trámite por la Sala de la Cámara de Diputados.

La iniciativa fue respaldada por 116 votos a favor, 3 en contra y 16 abstenciones, siendo despachada para su promulgación. Los votos en contra correspondieron al Partido de la Gente (PDG) y las abstenciones fueron del Partido Republicano.

A nivel regional, votaron a favor los diputados Jaime Araya (PPD), José Miguel Castro (RN), Catalina Pérez (RD) y Sebastián Videla. En contra votó la representante del Partido de la Gente, Yovana Ahumada (PDG).

El proyecto busca reforzar la protección penal a la infancia, a adultos mayores y a personas con discapacidad. Se pone de relieve el reproche social a delitos como homicidios, violación y secuestros, realizados contra este tipo de víctimas, que son más vulnerables.

Ambas iniciativas fueron presentadas en marzo 2021 tras el asesinato de Tamara Moya, niña de 5 años baleada en el contexto de una encerrona, en febrero del año pasado.

En primer lugar, el texto agrega al listado de circunstancias agravantes el cometer el delito contra una víctima menor de 18 años, un adulto mayor o una persona con discapacidad. En esa línea los tribunales deberán tener especial consideración para la cuantía de la pena.

Durante la tramitación se agregó un artículo que indica que en delitos contra las personas, en el caso que concurra alguna de las circunstancias contemplada en la nueva agravante establecida, la pena se determinará excluyendo el grado mínimo, si es compuestaO el mínimo si consta de un solo grado. 

Respecto al delito de violación, es decir, acceder carnalmente, por vía vaginal, anal o bucal, a una persona menor de catorce años , se remplaza la sanción de presidio mayor en cualquiera de sus grados (5 años y un día a 20 años), por “su grado medio a máximo (desde 10 años y un día a 20 años).

Además, se incluyen nuevas circunstancias en el delito de homicidio; como cuando la víctima sea menor de 18 años, adulto mayor o persona con discapacidad. En el caso de que se mate a otro por premio o promesa remuneratoria, se añade cualquier otro medio que implique ánimo de lucro.

En tal sentido, la pena del homicidio simple, para dichos casos, se eleva. Aumenta desde presidio mayor en grado medio (10 años y un día a 15 años), a grado medio a máximo (10 años y un día a 20 años).

También, se añadió al homicidio simple dentro del listado de delitos que requerirán del cumplimiento de dos tercios de la pena para postular a la libertad condicional.

Respecto al delito de violencia o intimidación se incluyen las amenazas a la integridad de niños que se encuentren al interior del vehículo. Ello ya sea para apropiarse del móvil o para obtener las pertenencias en su interior.

El texto suprime la figura penal del acceso carnal a una persona de su mismo sexo, menor de 18 años y mayor de 14 años, sin que medien las circunstancias de los delitos de violación o estupro.

La explicación del PDG para votar en contra

Tras los cuestionamientos al voto en contra del PDG, los 3 diputados de ese partido político justificaron su votación en contra del proyecto, afirmando que por temas administrativos no se votó cada artículo por separado, sino que el proyecto concreto y ellos están en contra de la derogación del artículo 365 que suprime la figura penal del acceso carnal a una persona del mismo sexo, menor de 18 años y mayor de 14.

Afirmaron que ello se aleja de la idea matriz del proyecto, que es la protección de las víctimas menores de edad. Para algunos legisladores, se “vulnera a niños de los pedófilos que los quieran pervertir”. En tal sentido, el diputado Kaiser hizo reserva de constitucionalidad del artículo.

Visión contraria expresaron legisladores/as del oficialismo quienes señalan que la indicación es un avance civilizatorio. Lo anterior porque se termina con un resabio medieval y una estigmatización de las personas homosexuales en el país.

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