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Martes 21 de Enero del 2025 07:58

Salida de menores al extranjero: Deudores de alimentos no podrán oponerse a la autorización

La propuesta analizada por la Comisión de Mujer y Equidad de Género, limitaría la autorización que debe otorgar el padre para que un hijo pueda salir del país, en caso de que éste se encuentre por más de 90 días en el Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos.

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La Comisión de Mujer y Equidad de Género, presidida por el senador Gustavo Sanhueza, comenzó el análisis de la moción que modifica la ley N° 21.389, que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos y modifica diversos cuerpos legales para perfeccionar el sistema de pago de las pensiones de alimentos, con el objeto de limitar ciertos derechos del padre deudor de pensión de alimentos.

Las y los integrantes de la instancia especializada destacaron la importancia del proyecto, “que es de toda justicia”, más aún “porque es una realidad de muchas madres (…) y los padres muchas veces ni siquiera son ubicables para pedir la autorización”, se precisó.

En pocas palabras, se limitaría la autorización que debe otorgar el padre a sus hijos para que puedan salir del país, en caso de que éste se encuentre obligado al pago de pensión de alimentos y no haya cumplido con su obligación legal, encontrándose por más de 90 días en el Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos.

Sin embargo, se adelantó que se deben perfeccionar y resguardar una serie de elementos, principalmente considerando el interés superior del niño, niña y adolescentes.

Para esto, se acordó escuchar una serie de actores relacionados y abrir un plazo de indicaciones, lo que se suma a la opinión del Ejecutivo entregada en la sesión.

Entre los puntos que fueron advertido está la necesidad de incorporar en la restricción a las madres deudoras de alimentos, mantener la vía judicial de manera más expedita, entre otros.