24.6 C
Antofagasta
Sábado 18 de Enero del 2025 17:51

Rechazan denuncia contra el MOP por supuesta vulneración de derechos laborales en Antofagasta

La magistrada Sol López Pérez rechazó la acción tras establecer que el Ministerio de Obras Públicas en su fundamento para no renovar la contrata al demandante no incurrió en vulneración de derechos.

Lea también:

El Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta rechazó la denuncia de tutela de derechos fundamentales con ocasión del despido y la demanda de cobro de prestaciones, deducidas en contra del Ministerio de Obras Públicas y, en su lugar, decretó que en la resolución de no renovación de contrata del demandante no vulneró garantías constitucionales.

En el fallo (causa rol 42-2021), la magistrada Sol López Pérez rechazó la acción tras establecer que el Ministerio de Obras Públicas en su fundamento para no renovar la contrata al demandante no incurrió en vulneración de derechos.

“(…) en modo alguno ha significado que la resolución de no renovación de su contrata constituya una represalia o infracción a su garantía de indemnidad como se ha alegado, pues como se ha venido razonando, la misma ha sido suficientemente fundada atendido el cúmulo de antecedentes consignados, y si bien existe un tiempo cercano entre las reclamaciones formuladas por el señor Fernández y la resolución que por esta vía se impugna, lo cierto es que de acuerdo a los fundamentos que en términos generales se han podido tener por establecidos, conflictos que se arrastraban de mucho antes de los reclamos del denunciante, siendo transversales en cuanto a la injerencia y repercusión de los mismos, han sido justamente estos antecedentes que han motivado la decisión de no renovación y no los reclamaos formulados”, sostiene el fallo.

La resolución agrega que: “Que en cuanto a sus derechos de la integridad psicológica y el derecho a la honra del actor, lo que relaciona la parte denunciante en términos generales con el menosprecio hacia su persona que le mereció las conductas desplegadas en el acto administrativo de no renovar la contrata por su jefatura y que coincide con lo alegado en esta Litis en cuanto a las serie de imputaciones que no solo lo afectaron en su tranquilidad emocional, y le generaron angustia y depresión, sino que claramente según indica menoscabaron su dignidad y honra, habrá que señalar que lo consignado en la resolución de no renovación de la contrata, a juicio de esta magistrado en parte alguna constituye vulneración a las garantías antes mencionadas, pues si bien son motivaciones extensas, las mismas se exponen a fin de fundar las razones que llevar a emitirlo, mas no, con algún ánimo vulneratorio”.

“(…) en lo relativo a la discriminación alegada por el denunciante, ello atendido la existencia de evaluaciones similares de otros trabajadores, que indica a quienes se le mantiene en su puesto de trabajo, lo cierto es como se dijo al inicio de los considerandos en esta sentencia, el actor no tuvo una evaluación propiamente tal, sino que la valoración del cumplimiento de sus funciones se obtuvo en definitiva de acuerdo a los resultados de gestión y cumplimiento de indicadores de metas CAD, cuestiones que ya han sido analizadas en este fallo, sin que exista el mismo nivel de información respecto de las personas que se singularizan en la denuncia como punto de contraste, por lo que no se puede estimar que ha existido una discriminación en cuanto el trato dado al señor Fernández”, concluye.

Por tanto, se resuelve que: “se rechaza en todas sus partes, la denuncia por vulneración de derechos fundamentales interpuesta por don DANIEL FERNÁNDEZ VILLANUEVA en contra de MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, representada legalmente por el Consejo de Defensa del Estado, todos ya individualizados, y en consecuencia se declara que la Resolución que no renovación de contrata no vulneró las garantías constitucionales del denunciante”.

Deja un comentario