El  Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Antofagasta encontró culpable a un hombre de 28 años identificado como Pablo Mena Alfaro del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad y con licencia de conducir suspendida.

Por este hecho la justicia impuso una pena de 850 días de presidio en su grado medio y una multa de 10 UTM además la cancelación de su licencia de conducir, esto significa que de por vida no podrá volver a solicitar licencia.

Los hechos investigados por el fiscal Javier Loyola Reyes se remontan al 24 de septiembre de 2016, a eso de las 03:15 horas aproximadamente, cuando personal de carabineros sorprendió al imputado conduciendo un Hyundai Elantra negro por calle Juan Bolívar de manera zigzagueante y sin respetar luz roja de semáforo, por lo que fue controlado, quedando en evidencia que lo hacía en estado de ebriedad.-

Practicada la alcoholemia de rigor, resultó que el imputado conducía con 1.88% gramos por mil de alcohol en la sangre, según informe de alcoholemia  del Servicio Médico Legal de esta ciudad.

Asimismo, al momento de los hechos el imputado mantenía su licencia de conducir suspendida y custodiada en el Juzgado de Garantía de Antofagasta, desde el 17 de febrero de 2016, toda vez que fue condenado mediante sentencia dictada por dicho Tribunal a la suspensión de la misma por dos años.

El conductor renunció a su derecho a guardar silencio y declaró en el juicio pidiendo perdón y reconociendo que todo lo que estaba escrito en la acusación era verdad.

El Fiscal presentó como prueba la declaración de los carabineros que intervinieron en el procedimiento, además de aportar prueba documental y pericial, entre ellas la hoja de vida del conductor que registra dos condenas del Juzgado de garantía de Antofagasta donde fue condenado por el delito de manejo de vehículo motorizado en estado de ebriedad.

La prueba permitió dar por acreditado el delito por el que acusó la fiscalía y la participación que en mismo cupo al acusado.

Por reunir los requisitos legales se le sustituyó la pena principal por la de reclusión parcial, bajo la modalidad de reclusión domiciliaria nocturna por un período igual al de la condena, es decir 850 días.