A partir de este miércoles 07 de abril comienzan a regir las nuevas medidas sanitarias referentes a los permisos de desplazamiento, donde además se considera un nuevo listado de productos esenciales que la comunidad podrá adquirir. Esto último, ha generado controversia respecto a lo considerado “esencial” por el Minsal, donde se denunció en repetidas oportunidades que se permitía comprar bebidas alcohólicas pero no vestimenta o artículos de bebé.
A raíz de ocurrido, el Ministerio de Salud aclaró y dio a conocer lo considerado como un bien esencial, lo que implica artículos o servicios que puedan ser utilizados por las personas al interior de su domicilio, en comunas que se encuentren en Fase 1 y 2 del Plan “Paso a Paso” y que son imprescindibles tanto para la subsistencia, teletrabajo o educación, así como también indispensables para el inmueble:
- Alimentos y bebestibles: Todo tipo de alimentos y líquidos.
- Productos sanitarios: Artículos farmacéuticos, dispositivos médicos, servicios relacionados a la salud y rehabilitación, como medicamentos, termómetros, rehabilitación kinesiológica, entre otros.
- Productos higiene personal: Jabón, elementos de afeitado, cremas dermatológicas, pasta de dientes, productos no cosméticos, etc.
- Artículos de limpieza: Todos los relacionados a la limpieza y cuidado del hogar.
- Maternidad y primera infancia: Incluye ropa, accesorios y alimentación de recién nacidos e infantes; así como también artículos, ropa y accesorios para la mujer en periodo de embarazo y lactancia.
- Mascotas: Alimentos, accesorios de higiene y cuidado.
- Mantenimiento de jardines, plantas y áreas verdes: Tales como mangueras, regadores, plaguicidas, abono, etc.
En cuanto a los bienes referentes al teletrabajo o educación a distancia, se consideran:
- Artículos electrónicos: Computadores, impresoras, monitores, accesorios relacionados, celulares, banda ancha, entre otros.
- Artículos de oficina: Librería, libros, artículos para manualidades, útiles escolares, juguetes educativos, etc.
Por otro lado, en cuanto al funcionamiento, conservación y seguridad del inmueble:
- Artículos de cocina: De menaje; como ollas, loza, cubiertos, etc., artículos para la conservación y manipulación de alimentos, elementos para el desecho de estos.
- Dormitorio: Camas, ropa de cama, guateros, entre otros afines.
- Baño: Accesorios de caño, cortinas, limpieza.
- Lavandería: Artículos como máquinas de lavar, planchas, tendederos, etc.
- Electrodomésticos y línea blanca: Productos de uso habitual, como aspirados, hervidores, microondas, ventiladores, secadora o similares.
- Ferretería: Aquellos elementos necesarios para la mantenimiento, instalación, funcionamiento y conservación del hogar; electricidad, gas, pinturas, entre otros.
- Muebles: Incluyendo escritorios, sillas, sillones, muebles para el hogar.
- Iluminación: Tales como ampolletas, generadores, lámparas y velas.
Otros bienes considerados en el documento como esenciales:
Pilas y baterías de vehículo, fósforos, encendedores, tabaco, combustibles, neumáticos, aceites, lubricantes, materiales y artículos de vehículos.