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Jueves 25 de Abril del 2024 05:00

Multas de hasta 4 millones arriesgarían quienes efectúen homenajes a criminales de la dictadura

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Polémica ocasionó el homenaje a Miguel Krassnoff, condenado a 144 años de cárcel. El episodio fracturó a la derecha entre pinochetistas y democráticos.

La senadora Isabel Allende presentó una moción que prohíbe cualquier tipo de tributos o actos a dichas personas y que fue remitida a la Comisión de Constitución para su estudio.

En el marco de la polémica por el homenaje que realizó el alcalde de Providencia, Cristián Labbé, al condenado por violaciones a los Derechos Humanos, Miguel Krassnoff, la senadora Isabel Allende presentó una moción que impide que se realicen cualquier clase de tributos a personas vivas o muertas que hayan sido condenadas por delitos de lesa humanidad.

Con ello, el proyecto fue derivado a la Comisión de Constitución para su posterior estudio.

En lo fundamental, el texto legal expresa que “se prohíbe cualquier tipo de honores, tributos u homenajes a personas, vivas o fallecidas, que hubieran sido condenadas por delitos de lesa humanidad. Las personas que convoquen o patrocinen este tipo de actos, serán castigados con multa de 100 Unidades Tributarias Mensuales, UTM (alrededor de $3.882.700)

Agrega que “la persona  que utilice fondos fiscales, patrocine o financie este tipo de homenajes, incurrirá en las penas de inhabilitación especial temporal para el cargo en su grado medio y una multa de 200 UTM (cerca de 7.765.400)”.

Al respecto, senadora Allende argumentó que “en el contexto de la dictadura militar que gobernó Chile entre el 11 de septiembre de 1973 y el 11 de marzo de 1990, se cometieron graves y sistemáticas violaciones a los Derechos Humanos. Hubo una política de Estado donde se crearon organizaciones de la Administración pública, policías políticas, que ejercieron con fondos públicos la triste tarea de eliminar, reprimir, torturar y masacrar a sus propios compatriotas“.

No obstante, añadió que “esa política de Estado no ha logrado totalmente en hechos simbólicos, toda condena que merece: los avances  en políticas de memoria deben ser aún más insistentes”.

Recordó que “desde el punto de vista de las obligaciones del derecho internacional público, nuestro país considera en su Constitución Política, que los derechos fundamentales que emanan de la naturaleza humana son límite para el ejercicio de la soberanía. Asimismo, la carta fundamental señala que “es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.

En ese sentido, indicó que la legislación comparada internacional, “ya contempla la penalización de este tipo de conductas de apología a crímenes de lesa humanidad, existiendo experiencias interesantes en materia de negación y minimización del holocausto desde la Unión Europea, el Alemania y en Suiza; Argentina ha dado un valorable paso al legislar sobre esta materia”.

Por lo anterior, subrayó la legisladora “constituye una obligación la prohibición de honores, homenajes a aquellas personas, vivas o fallecidas, que hayan sido condenadas por crímenes de lesa humanidad. Asimismo, es  importante, que la falta sea agravada cuando concurren en ella la utilización de recursos públicos o bien el patrocinio de funcionarios de la Administración del Estado, en el ejercicio de sus cargos”.

Fuente: Senado

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