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Viernes 26 de Abril del 2024 05:57

Covid Positivo: ¿ En qué casos se obtiene licencia médica?

Con la gran cantidad de casos de coronavirus, también se ha visto un incremento en las licencias médicas; las cuales varían dependiendo de si es un caso confirmado, contacto estrecho o con sospecha.

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Pese una leve baja en el número de casos Covid-19 en los últimos días, las autoridades sanitarias han sido enfáticos en recalcar que aún nos encontramos en el peak de la pandemia. Dicho esto, con la gran cantidad de casos presentados, también han aumentado las licencias médicas producto del virus.

Si bien en un principio el documento duraba un periodo de 14 días, al igual que las cuarentenas, este tiempo ha ido disminuyendo conforme avanza la crisis sanitaria, siendo necesario aclarar los detalles para optar a la licencia correspondiente, lo que fue ampliado por Bío Bío Chile.

¿PUEDO OPTAR A LICENCIA MÉDICA POR COVID?

Según señala el medio, la licencia médica sólo puede ser entregada por un médico debidamente facultado para esto, quien puede entregar el documento con distintos plazos; dependiendo de si se debe a un caso confirmado, contacto estrecho o bien si tiene o no síntomas.

En este sentido, si la persona confirmó que se encuentra con covid positivo a través del test PCR o de antígeno, la licencia será de 7 días, contando desde el inicio de los síntomas o desde la confirmación del examen en caso de ser asintomático.

Mientras que si el paciente es un caso sospechoso y tiene sintomatología, el especialista puede otorgar una licencia de 4 día, en tanto espera los resultados del test PCR o antígeno.

Ahora bien, si el usuario es contacto estrecho de un caso confirmado, tenga o no tenga síntomas, se le entregará un permiso de hasta 7 días. En este punto, la licencia debe ser otorgada por una autoridad sanitaria, la que puede ser solicitada en la plataforma del Ministerio de Salud.

¿QUÉ HACER SI NO PAGAN LA LICENCIA?

En caso de que el permiso médico sea rechazado por Fonasa, el afectado deberá apelar a la Superintendencia de Seguridad Social.

No así si es rechazado por la Isapre, ya que en esta línea el cotizante deberá presentar un reclamo por escrito de forma directa a la COMPIN, en el domicilio donde el afectado tenga registrado su contrato de salud.

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