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Jueves 25 de Abril del 2024 12:47

Formalizan por cuasidelito de homicidio y apremios ilegítimos a dos Carabineros por muerte de joven boliviano en Calama

Ministerio Público formalizó a los Carabineros por cuasidelito de homicidio y apremios ilegítimos en contra del ciudadano boliviano Jaime Veizaga. Tribunal decretó arresto domiciliario nocturno y arraigo. En la audiencia se conoció que vecinos vieron al joven semidesnudo, en mal estado y quejándose, por lo que llamaron a Carabineros, quienes lo llevaron a un sitio eriazo donde lo golpearon y abandonaron.

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El Juzgado de Garantía de Calama dejó en libertad, con la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional a dos funcionarios de Carabineros, por su eventual participación en las circunstancias que rodearon la muerte del joven boliviano Jaime Veizaga Sánchez.

El Juez de Garantía Alejandro González, determinó que los uniformados Andrés Navarro Pulgar y al carabinero Ilton Zambrano Marín deberán permanecer dentro de sus hogares entre las 22:00 horas y las 06:00 de la mañana mientras dure la investigación, tras ser formalizados por los delitos de cuasidelito de homicidio y apremios ilegítimos en contra del joven boliviano. También adhirió como querellante del caso el Instituto Nacional de Derechos Humanos.

De acuerdo al fiscal a cargo dela investigación, Raúl Marabolí, ambos uniformados concurrieron en un retén movil a un domicilio en calle Felix Hoyos debido a que una persona estaba tendida en la vía pública, semidesnuda. Vecinos que alertaron a Carabineros indicaron que la persona se encontraba a torso desnudo, descalzo y se quejaba desde la madrugada, por lo que solicitó que fuera retirada del lugar.

Los funcionarios se acercaron a la persona en el piso consultando su identificación y domicilio, pero no podía levantarse ni responder las preguntas. Luego los funcionarios lo subieron al vehículo policial y se dirigieron hasta el sitio eriazo ubicado a un costado del Servicio Médico Legal arribando al lugar cerca de las 13 horas.

En ese lugar un testigo escuchó un vehículo detenerse en forma abrupta en el sector y luego observó una polvareda, escuchando improperios y sonidos de golpes. Otro testigo logró observar que el Carabinero Zambrano Marín golpeaba con un bidon plástico en la cabeza a la víctima, que no podía ponerse de pie ni levantarse.

Luego de estos hechos los Carabineros se retiran, no sin antes indicar a los testigos que la persona habría estado robando y estaba drogado, justificando la golpiza. Uno de los testigos denunció la situación a la Policía de Investigaciones, que llegó al lugar constatando que Jaime Veizaga se encontraba en muy mal estado, falleciendo antes de la llegada del SAMU.

Para el Ministerio Público, se configura el delito de aplicar tratos inhumanos, crueles y degradantes, además de no prestar auxilio a la víctima.

INFORME DE AUTOPSIA

Durante la audiencia se entregaron detalles del informe de autopsia practicado al joven fallecido, el cual señala que la causa de muerte es indeterminada, requiriéndose más exámenes complementarios para establecer con exactitud la causa de muerte. Las conclusiones del SML, dadas a conocer por el fiscal Marabolí, indican que el cuerpo presentaba diversas lesiones de carácter superficial y se encontraron signos de shock sistémico inespecífico posiblemente de origen infeccioso, descartándose lesiones traumáticas en la cabeza.

Las impresiones de la perito en el informe de autopsia señala que es probable que el fallecido se encontrara sin alimentación ni agua y expuesto a temperaturas inadecuadas por varios días. No resulta posible establecer por el momento el tipo o manera de muerte a falta de más examenes, pero si concluye que la muerte hubiera podido impedirse si la víctima hubiera recibido socorro de forma oportuna. Asimismo indica que resultaba posible apreciar las malas condiciones en que se encontraba el joven antes de morir, para brindarle ayuda a tiempo.

Como el informe de la autopsia arrojó causas indeterminadas, asociadas a un shock sistémico y una patología infecciosa, no se puede descartar que con una atención médica oportuna, hubiera sobrevivido la víctima. Por esto, deben ser corroborado con los exámenes anexos que tienen una demora superior a 60 días“, indicó el Fiscal Raúl Marabolí.

Cabe destacar que el informe de autopsia posee fecha 13 de febrero, pero días antes el diario “La Tercera” aseveró haber tenido acceso a un resumen que descartaría una golpiza de Carabineros como causa de la muerte de Jaime Veizaga. La existencia del mencionado resumen de informe de autopsia fue descartada luego por la Fiscalía y el Servicio Médico Legal. Cómo un diario de circulación nacional llegó a elucubrar una teoría de los hechos en base a antecedentes de un informe de autopsia aún en desarrollo que asegura, le fueron proporcionados por “fuentes del caso”, cuando se trata de información clasificada de la investigación, es una interrogante que genera dudas en torno a una posible filtración de antecedentes reservados o bien, invención de antecedentes falsos sobre el caso por parte de ese diario para exculpar a los Carabineros imputados. Por ahora el Ministerio Público no se ha pronunciado en torno a abrir otra arista en el caso por intento de obstrucción a la investigación.

Nota de la redacción
El presente artículo describe un proceso judicial en curso. Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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