Caso Gabriela Contreras: Defensa del femicida presenta como atenuante el pago de un millón de pesos como “reparación” del mal causado

Luego de casi dos años de los hechos, este jueves, se abrió debate entre el Ministerio Público y la defensa del femicida Mario Chaparro, en donde presentaron las eventuales agravantes y atenuantes que concurren en este caso.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama, dictó este jueves 25 de febrero el veredicto en contra de Mario Andrés Chaparro Llaves, por su calidad de autor en los delitos de femicidio y desacato en contexto de violencia intrafamiliar, en la misma audiencia, se presentaron los alegatos de clausura, en donde el Ministerio Público y la defensa de Chaparro, presentaron las eventuales agravantes y atenuantes que concurren en este caso.

Luego de casi dos años de los hechos, el pasado jueves, se abrió debate entre el Ministerio Público y la defensa del femicida de Gabriela Contreras Uribe, en donde presentaron las eventuales agravantes y atenuantes.

José Troncoso Valdés, Abogado y vocero de la Fiscalía Regional de Antofagasta, señaló que la fiscalía ha invocado la alevosía por cuanto el imputado obró de forma planificada para cometer el delito, además ha solicitado que estos hechos sean ejecutado en desprecio a la dignidad de la víctima en su calidad de mujer y por último como tercera agravante, el hecho de que ha abusado de la superioridad física respeto a su víctima”.

Por su parte, la defensa del imputado ha invocó la colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos del imputado, agregando además, que este gozaría de irreprochable conducta anterior. A lo señalado, se agrega como atenuante, el pago de un millón de pesos, como una forma de “reparación”. Respecto a lo señalado, José Troncoso, indica que la defensa “ha reclamado una tercera atenuante, consistente en la celosa reparación del mal causado por cuanto efectuó una consignación por un millón de pesos a fin de reparar el mal causado, en este caso, la víctima ha dejado un hijo menor de edad, en carácter de huérfano”.

Cabe destacar, que la audiencia para comunicar la sentencia de Chaparro tiene fecha para el próximo miércoles 03 de marzo a las 13 horas, en ella, el Tribunal definirá la pena en concreto que se le impondrá al imputado, en merito de las acciones de las atenuantes y agravantes comentadas.

FEMICIDIO

De acuerdo a los antecedentes, el tribunal estableció que más allá de toda duda razonable, el día 23 de julio del 2019 alrededor de las 07:30 horas, Mario Chaparro llegó hasta el domicilio de su ex conviviente y madre de su hijo, Gabriela Contreras, en la comuna de Calama.

Una vez en el interior del inmueble, mientras el hijo de ambos se encontraba en una de las habitaciones, el acusado tomó un cuchillo y procedió a atacar a la víctima propinándole varias puñaladas en su cuerpo, lo que produjo la muerte de la joven de 28 años.

Lo anterior, se desarrolló mientras el imputado mantenía una suspensión condicional vigente por amenazas en contexto de violencia intrafamiliar, lo que le prohibía acercarse a la víctima, ya sea a su domicilio, como a cualquier lugar donde esta se encontrara en un rango de 200 metros, por el periodo de un año.