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Miércoles 24 de Abril del 2024 11:18

Procesan a ex militares por crímenes en Calama de la “Caravana de la Muerte”

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Se trata de Óscar Figueroa Márquez y Álvaro Romero Reyes, quienes fueron sometidos a proceso por 19 homicidios calificados y siete secuestros calificados de detenidos que fueron sacados de la cárcel de Calama, el 19 de octubre de 1973, y fusilados en el sector conocido como Topater.

Una de las víctimas fue Carlos Berger Guralnick, quien fuera director de la Radio El Loa y fuera tomado detenido por negarse a acatar la censura impuesta por la dictadura.
Una de las víctimas fue Carlos Berger Guralnick, quien era director de la Radio El Loa y fue tomado detenido por negarse a acatar la censura impuesta por la dictadura.

La ministra en visita de causas por derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Patricia González, dictó procesamiento en contra de dos miembros del Ejército en retiro por su responsabilidad por los delitos de secuestro y homicidio calificado en causa caratulada como “Caravana de la Muerte, episodio Calama”.

De acuerdo a los antecedentes, publicados en El Mostrador, se tiene acreditado que: “El 19 de octubre de 1973, un General de Ejército, actuando como oficial delegado del Comandante en Jefe de la Junta de Gobierno, llegó al Regimiento de Infantería N° 15 de la ciudad de Calama, acompañado de otros oficiales del Ejército, con la finalidad de “revisar y acelerar los procesos”, y una vez terminada esa diligencia, junto a otros oficiales del mismo Regimiento de Calama, sustrajeron desde la Cárcel Pública de la ciudad, donde se encontraban detenidos por la autoridad militar, a los detenidos: Carlos Berger Guralnik, Haroldo Cabrera Abarzúa, Daniel Garrido Muñoz, Luis Alfonso Moreno Villarroel, David Ernesto Miranda Luna, Rafael Enrique Pineda Ibacache, Sergio Moisés Ramírez Espinoza, Domingo Mamani López, Bernardino Cayo Cayo, Manuel Segundo Hidalgo Rivas, Rosario Aguid Muñoz Castillo, Víctor Alfredo Ortega Cuevas, Jorge Rubén Yueng Rojas, Mario Argüelles Toro, Carlos Alfredo Escobedo Cariz, Luis Alberto Hernández Neira, Hernán Elizardo Moreno Villarroel, Carlos Alfonso Piñero Lucero, Fernando Roberto Ramírez Sánchez, Alejandro Rodríguez Rodríguez, José Gregorio Saavedra González, Jorge Jerónimo Carpanchay Choque, Luis Alberto Gaona Ochoa, José Rolando Hoyos Salazar, Milton Alfredo Muñoz Muñoz, Roberto Segundo Rojas Alcayaga, a quienes trasladaron en un camión hacia el sector de los cerros denominado Topater, manteniéndolas privadas de libertad en forma ilegal y en donde les dispararon, utilizando armas de fuego, para posteriormente remover los restos hacia distintos lugares con el propósito de evitar que fueran encontrados”.

Asimismo, con diligencias periciales realizadas sobre restos óseos encontrados en el sector de Topater y aledaños, fue posible establecer que dichos restos correspondían a “Mario Argüelles Toro, Carlos Alfredo Escobedo Cariz, Luis Alberto Hernández Neira, Hernán Elizardo Moreno Villarroel, Carlos Alfonso Piñero Lucero, Fernando Roberto Ramírez Sánchez, Alejandro Rodríguez Rodríguez, José Gregorio Saavedra González, Jorge Jerónimo Carpanchay Choque, Luis Alberto Gaona Ochoa, José Rolando Hoyos Salazar, Milton Alfredo Muñoz Muñoz, Roberto Segundo Rojas Alcayaga, Bernardino Cayo Cayo, Daniel Jacinto Garrido Muñoz, Domingo Mamani López, Jorge Rubén Yueng Rojas, Manuel Segundo Hidalgo Rivas y Rosario Aguid Muñoz Castillo; en tanto Carlos Berger Guralnik, Haroldo Cabrera, Luis Moreno, David Miranda, Rafael Pineda, Sergio Ramírez y Víctor Ortega fueron trasladados hasta un lugar desconocido, ignorándose su paradero, situación que subsiste a la fecha”.

Según la resolución, los hechos reseñados, son constitutivos de 19 delitos de homicidio calificado, previsto y sancionado en el artículo 391 N° 1 del Código Penal, en texto vigente a la época de perpetración de los ilícitos, y de siete secuestros calificados, previstos y sancionados en el artículo 141 incisos 1° y 4° del Código Penal, perpetrados en el sector Topater, Calama, el 19 de octubre de 1973.

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