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Viernes 26 de Abril del 2024 23:51

Multas por 800 mil pesos a las empresas que no respeten feriado de año nuevo

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En caso que no se respete la normativa, los trabajadores podrán denunciar en el sitio web www.direcciondeltrabajo.cl o al fono 600 450 4000.

unnamed (6)En víspera de Año Nuevo el seremi del Trabajo y Previsión Social (s), Marcelo Pizarro San Martín, reiteró el llamado a respetar el feriado obligatorio e irrenunciable para los trabajadores del sector comercio para este 01 de enero.

La autoridad regional del Trabajo, recalcó también que el comercio este martes 31 de diciembre debe cerrar a más tardar a las 20:00 horas, horario que será fiscalizado, puesto que bajo ninguna circunstancia los empleadores podrán mantener a su personal en el establecimiento respectivo después de dicho horario.

“Estaremos fiscalizando que se cumpla la normativa, aunque nuestra región se caracteriza por un alto cumplimiento de ésta, ya que en Navidad no se registraron denuncias y tampoco se cursaron multas por no respetar la ley”, sostuvo Pizarro.

Agregó que es importante que la comunidad también contribuya y realice sus compras con antelación, especialmente en los supermercados, y de esa manera colaboren con el descanso de los trabajadores del comercio.

Explicó que quedan excluidos de la normativa quienes trabajen en clubes o restoranes, locales de entretención como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, cabaret, casinos de juego y lugares de juego legalmente autorizados. En igual situación, están quienes laboran en expendio de combustibles, farmacias de urgencia o que cumplen turnos fijados por la autoridad sanitaria. Lo mismo rige para los que trabajan en las “tiendas de conveniencia” si junto con la venta directa también elaboran alimentos como hot-dog, sándwiches y café.

MULTAS

El seremi del Trabajo (s) manifestó que los empleadores que no respeten el día 01 de enero como feriado obligatorio se exponen a multas por cada trabajador en infracción y va a depender de si la empresa tiene entre 1 y 49, 50 y 199 y 200 y más trabajadores, aplicándose respectivamente 5 UTM ($203.860), 10 UTM ($407.720) y 20 UTM ($815.440).
La autoridad regional del Trabajo, recordó que estará disponible para los trabajadores el sitio web www.direcciondeltrabajo.cl para denunciar en caso que el feriado legal e irrenunciable no sea respetado. También estará disponible el call center 600 450 4000.

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