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Jueves 18 de Abril del 2024 17:23

Fraude al fisco en municipio de Antofagasta: Las semejanzas y diferencias entre el caso Karen Rojo y el de Jonathan Velásquez

Con la adhesión de la mayoría de los concejales de la comuna, una acción judicial complica al alcalde Jonathan Velásquez, quien habría alterado un contrato con la empresa Demarco S.A para la recolección de basura y barrido de calles, favoreciendo a la empresa. El abogado experto en derecho penal y académico de la Universidad de Antofagasta, Jorge Cortés-Monroy, analiza las semejanzas y diferencias de este caso con el caso Karen Rojo.

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Una querella por el eventual delito de fraude al fisco, a la cual adhirieron la mayoría de los concejales de la comuna, complica al alcalde de Antofagasta, Jonathan Velásquez.

La acción judicial presentada por el concejal Luis Aguilera, actualmente respaldada por otros 6 ediles de distintas tendencias políticas, siendo por tanto la mayoría del concejo, indica que el alcalde Velásquez habría alterado a espaldas del concejo municipal un contrato con la empresa Demarco S.A, contratada vía trato directo para la recolección de basura domiciliaria y barrido de calles cuyos montos superan los 12 mil millones de pesos, beneficiando a la empresa al disminuir sus obligaciones pero manteniendo el mismo precio.

En concreto, el edil determinó disminuir la exigencia a la empresa de instalar 200 contenedores de basura en el borde costero de la comuna reduciéndolo solo a 100, pero aceptando pagar el mismo precio por el servicio, $550.990.000 pesos mensuales. Tras esta modificación el contrato fue firmado por el edil, sin someterlo a revisión por el concejo, según la parte querellante.

Una acción judicial que trae a colación lo sucedido en los últimos periodos edilicios, donde de los últimos cuatro alcaldes electos en Antofagasta por voto popular, tres han sido acusados por el mismo delito de fraude al fisco, siendo destituídos dos de ellos. Daniel Adaro en 2008 y Karen Rojo en 2020, esta última en prisión preventiva en los Países Bajos.

Respecto a esta situación, conversamos con el Abogado, Magister en Derecho mención Derecho Penal y académico de la Universidad de Antofagasta, Jorge Cortés-Monroy de la Fuente, quien refirió las principales semejanzas y diferencias en estos casos.

En este sentido, Cortés-Monroy indicó que la similitud “entre la imputación formulada a la ex – alcaldesa Karen Rojo y la querella presentada actualmente en contra del alcalde Jonathan Velásquez, radica en la imputación, que en opinión de los querellantes configuraría un delito de malversación de caudales públicos“.

Sin embargo, destacó que existen diferencias entre los casos de Karen Rojo y de Jonathan Velásquez. El principal de ellos es que la ex edil fue condenada tras ser imputada, mientras que Velásquez aún no es investigado, ni formalizado. Además, destacó que en el caso de Rojo, la utilización de fondos de propiedad fiscal se produjo en la Corporación Municipal, mientras que en el caso de Velásquez la institución afectada sería directamente el municipio, en opinión de los querellantes del caso.

La acusación en contra de esta última, se hacía debido a que había utilizado fondos de propiedad fiscal-municipal de propiedad de la Corporación de Desarrollo Social de Antofagasta, con el objeto de contratar asesoría publicitaria personal destinada a favorecer su reelección como alcalde de la ciudad, produciéndose a consecuencia de ese hecho, una malversación de caudales públicos. Había una utilización de recursos públicos en beneficio personal y político. En cambio, la presente querella, se funda entre otros hechos, en una supuesta malversación de caudales públicos debido a que el alcalde habría contratado (trato directo) a la empresa de aseo para la ciudad, en condiciones diversas, menos favorables al interés municipal, a las que había aprobado previamente el Concejo Municipal (en dos oportunidades)“, explicó Cortés-Monroy.

El experto añadió que a lo anterior se suma la acusación de supuesta falsificación de instrumento públicoal contemplarse en el contrato de aseo, condiciones diferentes a las que fueron aprobadas por el Concejo Municipal“.

En este sentido, el abogado considera que “la discrepancia entre las condiciones aprobadas por el Concejo Municipal y las contenidas en el contrato suscrito con la empresa de aseo, no podría en mi opinión constituir falsificación de instrumento público, por cuanto, las especificaciones de la aprobación del Concejo Municipal están en el Acta del Concejo, y las discrepancias, están en el contrato, siendo instrumentos distintos, cuestión diferente, es que se hubiera alterado el acta del concejo para recoger condiciones distintas a las que fueron objeto de aprobación por el mismo“.

No obstante, añadió que “todo lo anterior es sin perjuicio de responsabilidades de carácter no penal de parte del alcalde (control de legalidad de la Contraloría General de la República), por no observar en el contrato suscrito por el mismo con la empresa de aseo, las condiciones de aprobación de este por parte del Concejo Municipal“.

La querella fue acogida a trámite por parte de la justicia, que deberá determinar si se inicia investigación en contra del edil u otras diligencias. Asimismo el Ministerio Público debe determinar si estima necesario formular cargos e imputar la eventual comisión de delitos por parte del alcalde. En caso de que Velásquez fuera acusado por delito que merezca pena superior a 3 años y 1 día, y en el caso de la malversación de caudales públicos, quedaría incapacitado para el desempeño de su cargo, debiendo ser reemplazado mientras dure su incapacidad.

Cabe destacar que no es la única materia relacionada con recursos públicos en contra de Velásquez. De forma paralela el Ministerio Público inició una investigación en contra del alcalde, debido a la utilización de abogados pagados con recursos municipales para asumir la defensa del edil en causas de índole personal.

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