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Viernes 26 de Abril del 2024 11:29

Corte de Apelaciones rechaza recurso de protección de Deportes Antofagasta en contra de la ANFP

El tribunal de alzada confirmó de esta manera las sanciones aplicadas por la ANFP en contra del club que correspondieron a una multa de 1.000 UF y la pérdida de puntos, por el partido no realizado con el Club Deportivo Palestino en el Estadio Regional Calvo y Bascuñán.

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La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso de protección presentado por el Club Deportes Antofagasta S.A.D.P., en contra de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) y del Tribunal de Disciplina de la organización deportiva.

El club buscaba dejar sin efecto una multa de 1.000 UF y la pérdida de los puntos por el partido no realizado con el Club Deportivo Palestino, correspondiente al torneo de Primera División de la temporada recién pasada, hecho que derivó en el descenso del club.

En fallo unánime la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Jasna Pavlich Núñez, Juan Opazo Lagos y el abogado (i) Marcelo Díaz Sanhueza– rechazó la acción cautelar tras establecer que las sanciones impugnadas se ajustan a las bases del Campeonato Nacional 2022.

La recurrente no desconoce ni controvierte pertenecer y adherir a los Estatutos de la ANFP y las Bases del Campeonato Nacional de Primera División 2022. Por el contrario, libremente pertenece a dicha Corporación sometiéndose a la jurisdicción del Tribunal de Disciplina de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional, pretendiendo mediante el presente recurso abstraerse de aquella jurisdicción“, indica la sentencia.

Respecto al partido que no pudo ser disputado debido al desalojo realizado por el municipio de Antofagasta, la resolución agrega que: “la controversia promovida por los recurrentes dice relación con la aplicación o concurrencia de la hipótesis de fuerza mayor a la discusión de los hechos acaecidos en mes de octubre del año 2022 que terminaron con la sanción al Club Deportes Antofagasta; discusión que excede el ámbito de aplicación del recurso de protección, acción que tiene una naturaleza meramente cautelar“.

Por ello, y teniendo además en consideración el contenido del petitorio del recurso de autos, lo discutido escapa del ámbito de competencia de la vía extraordinaria, desde que al no existir derechos indubitados en su favor, debe utilizar las vías jurídicas del derecho común y no esta acción constitucional”, añade.

Para el tribunal de alzada, “habiendo ejercido los recursos procesales del Estatuto de la ANFP y ajustándose la sanción a las Bases del Campeonato Nacional 2022, solo cabe rechazar el presente recurso de protección, estimando procedente la condena en costas”.

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