Antofagasta: Empresa de buses deberá pagar millonaria indemnización a pasajera que sufrió graves lesiones en accidente

El Tercer Juzgado Civil de Antofagasta condenó a la empresa de transporte de pasajeros Ciktur Ltda. a pagar una indemnización total de $102.932.000 (ciento dos millones novecientos 32 dos mil pesos) a pasajera que sufrió graves lesiones en accidente carretero registrado en marzo de 2013, en la comuna de Taltal, región de Antofagasta.

En el fallo  la magistrada Olaya Gahona Flores ordenó a la empresa pagar una indemnización de perjuicios de $22.932.000 (veintidós millones novecientos treinta y dos mil pesos) por concepto de lucro cesante, y $80.000.000 (ochenta millones de pesos) por concepto de daño moral, a la demandante.

Se ha de tener por establecida la relación de causalidad entre el incumplimiento contractual y los perjuicios alegados, toda vez que éstos necesariamente derivan del accidente de tránsito que, como se dijo, fue causado por un actuar negligente del conductor del bus, quien actuó por la empresa demandada, no habiendo ésta acreditado la concurrencia de alguna causal de exención de responsabilidad”, sostiene el fallo.

La resolución agrega que “los padecimientos que ha vivido la actora, tales como politraumatismo, fracturas costales izquierdas múltiples, contusión pulmonar izquierda, fractura desplazada de tercio medio de húmero derecho, lesión de partes blandas extensas con exposición ósea en pierna derecha, y plejia del tobillo derecho, de carácter permanente y su declaración de invalidez parcial transitoria, con una incapacidad global alcanza a 52%, sin duda no sólo ha mermado significativamente su salud física -la que irá empeorando progresiva y aceleradamente a medida que pasen los años-, sino que también su salud y tranquilidad psíquica y emocional, al padecer los dolores físicos que sus lesiones le han provocado y la pérdida de autonomía para realizar actividades básicas por sí sola, haciéndola dependiente de por vida a la asistencia de terceras personas”.

De este modo es incuestionable que la demandante ha sufrido un daño moral, y que deberá cargar con secuelas permanentes e irreversibles producto del accidente de tránsito, que conllevan convivir con dolores permanentes, que significan un trastorno relevante en su vida diaria, al no poder desarrollar de manera autónoma ni siquiera las actividades básicas que antes hacía con total independencia”, concluye.